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Leyes actualizadas al 27 de abril de 2023

¿Debo comenzar un caso en la corte para pedir visitas supervisadas?

Si usted no está cómodo/a con el hecho de que el/la agresor/a esté a solas con su hijo/a, puede que usted quiera considerar pedirle a el/la juez/a que las visitas sean supervisadas.  Si usted tiene ya un caso abierto en la corte porque el/la agresor/a solicitó custodia o visitación, quizás no tenga mucho que perder al pedirle a el/la juez/a que las visitas sean supervisadas si puede presentar una razón válida para su pedido (pero esto depende de su situación).

Sin embargo, si usted no tiene un caso abierto en la corte, por favor obtenga consejo legal ANTES de que usted le pida a el/la juez/a por visitas supervisadas.  Nosotros recomendamos que hable con un/a abogado/a que se especialice en casos de custodia, para averiguar qué tiene que probar ante el/la juez/a para que le otorgue visitas supervisadas y cuánto tiempo van a durar, dependiendo de su caso.

En la mayoría de los casos, las visitas supervisadas son una medida temporal.  Aunque cada orden de visitación va a depender de cada estado, condado o juez/a, el/la juez/a puede ordenarle a un/a profesional a que observe el comportamiento de el/la padre/madre en algunas de las visitas o las visitas pueden ser supervisadas por un/a familiar durante algún tiempo– y si no hay ningún problema, es posible que las visitas dejen de ser supervisadas.  Muchas veces, al finalizar el caso, el/la otro/a padre/madre puede terminar teniendo vistas más frecuentes y por más tiempo que antes de ir a corte o aún incluso alguna forma de custodia.

En algunos casos, para proteger a su hijo/a de peligro inmediato de el/la agresor/a, es apropiado empezar un caso en la corte sobre custodia y visitación.  Para saber qué es lo mejor para su caso, vaya a Encontrando a un Abogado para buscar consejo legal.