Connecticut: Leyes Estatales de Armas de Fuego
Leyes Estatales de Armas de Fuego
Información Básica y Definiciones
¿Cuál es la diferencia entre leyes sobre armas de fuego federales y estatales? ¿Por qué necesito entender ambos?
En estas páginas sobre las leyes de armas de fuego, nos referimos a “leyes federales sobre armas de fuego” y a “leyes estatales sobre armas de fuego”. La diferencia principal entre las leyes de armas de fuego federales y las leyes estatales se refiere a quién hace la ley, quién procesa a los/as que la incumplen, y qué castigo se aplica a los incumplimientos.
Una razón por la que es importante que conozca que existen estas diferentes leyes es para que pueda entender todas las formas posibles en que un/a agresor/a puede estar incumpliendo la ley, y así poder protegerse mejor. A través esta sección nos referimos a las leyes estatales la mayoría del tiempo. Asegúrese también de leer las páginas sobre Leyes de Armas de Fuego Federales para averiguar si algunas de las leyes federales son relevantes a su situación. Hay que leer las leyes estatales y las leyes federales para ver cuáles, si algunas, han sido violadas por el/la agresor/a.
Si va a llamar a la policía porque entiende que el/la agresor/a ha violado una ley de armas, no necesariamente necesita decirle a la policía cuál ley se ha violado (si es estatal o federal) pero la policía local no puede arrestar a alguien por violar una ley federal, solo por violar las leyes estatales/locales. Solo la agencia del orden a nivel federal, la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés), puede arrestar a alguien por violentar éstas las leyes federales. Si la policía local entiende que se ha violado una ley federal, es posible que le notifiquen a la ATF o a la Fiscalía de los Estados Unidos en su estado (U.S. Attorney- que es la Fiscalía federal). Para información sobre cómo puede contactar directamente a ATF para reportar la violación de las leyes federales de armas de fuego, vaya a ¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma? Si el/la agresor/a está violando la ley estatal y la federal, puede ser que lo/a acusen en ambos foros, el estatal y el federal.
¿Cuál es la definición de un delito grave?
Por todas estas páginas sobre las leyes de armas de fuego, vamos a referirnos a las leyes de armas de fuego que hacen que sea ilegal para alguien declarado/a culpable de un delito grave poseer un arma de fuego. Un delito grave es un crimen más serio que un delito menor. Se define en las leyes federales y las leyes estatales de Connecticut como un crimen que puede recibir un castigo de encarcelación de más de un año.1 Pero, no siempre se puede determinar si alguien fue declarado/a culpable de un delito grave por la cantidad de tiempo que pasó en prisión porque frecuentemente se reducen o se negocian las sentencias. Si no está seguro/a si el/la agresor/a fue declarado/a culpable de un delito grave, puede que quiera preguntarle a el/la fiscal que enjuició el caso criminal contra el/la agresor/a o ir al tribunal criminal local y buscar la información en los registros.
1 18 USC § 3559; C.G.S.A. § 53a-25
Soy una víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma. ¿Es esto ilegal?
Bajo las leyes estatales de Connecticut es ilegal tener (poseer) un arma de fuego o munición si la persona:
- tiene una orden final de restricción o protección en su contra, sin importar en qué estado fue otorgada, si el caso incluye el uso, intento de uso o amenaza de uso de fuerza física;
- ha sido declarada culpable de un delito grave;
- ha sido declarada culpable de posesión ilegal de una sustancia controlada en o después del 1o de octubre de 2015;
- ha sido declarada culpable de uno de los siguientes delitos menores contra un familiar o miembro del hogar:
- violación criminal de una orden de protección;
- violación criminal de una orden de restricción;
- violación criminal de una orden de protección vigente;
- agresión (1er, 2do grado);
- agresión de una persona mayor, ciega, discapacitada o embarazada o de una persona con discapacidad intelectual (1er, 2do, 3er grado);
- agresión de una persona mayor, ciega, discapacitada o embarazada o de una persona con una discapacidad intelectual en segundo grado con un arma de fuego;
- agresión de una mujer embarazada que resulte en la terminación del embarazo;
- agresión en segundo grado con un arma de fuego;
- amenaza (2do grado);
- imprudencia temeraria (1er y 2do grado);
- estrangulación o asfixia (1er, 2do y 3er grado);
- agresión sexual (1er grado);
- agresión sexual agravada (1er grado);
- agresión sexual (2do y 3er grado);
- agresión sexual agravada de un/a menor;
- agresión sexual en tercer grado con un arma de fuego;
- acecho (1er, 2do, 3er grado);
- acoso (1er y 2do grado);
- violación de la paz en segundo grado; o
- conducta desordenada;
- ha sido declarada culpable de cualquier de los siguientes delitos menores cometidos en los últimos 20 años:
- homicidio criminalmente negligente;
- agresión en tercer grado;
- agresión de una persona mayor, ciega, discapacitada o embarazada o de una persona con una discapacidad intelectual;
- amenaza en segundo grado;
- imprudencia temeraria en primer grado;
- detención ilegal en segundo grado;
- disturbio en primer grado;
- disturbio de segundo grado;
- incitar disturbios;
- acecho en segundo grado;1
- ha sido declarada culpable de un delito menor de violencia doméstica según lo define la ley federal;2
- ha sido declarada delincuente por una “ofensa juvenil grave”;
- ha sido puesta en libertad dentro de los últimos 20 años después de haber sido declarada no culpable de un delito por una enfermedad o un defecto mental;
- ha estado en un hospital psiquiátrico dentro de los últimos cinco años por orden de un tribunal de sucesiones (“probate court” en inglés);
- ha ingresado voluntariamente o ha sido internada con un certificado de emergencia en un hospital psiquiátrico dentro de los últimos seis meses; Nota: Esto no aplica si:
- la única razon para estar en el hospital fue dependencia al alcohol o drogas; o
- la persona es un/a policía a quién le devolvieron el arma de fuego para uso oficial; o
- tiene una orden final de incautación de armas de fuego en su contra;
- tiene una orden de protección por riesgo o hay una investigación de una orden de protección por riesgo en su contra;1
- ha sido declarada “mentalmente deficiente” o ha sido internada en una institución mental; o
- es fugitiva de la justicia.2
Además, a una persona se le puede denegar un certificado para portar un revólver o una pistola si:
- cumple con cualquier de las condiciones incluidas arriba; o
- cualquiera de las siguientes le aplica:
- tiene una orden ex parte de violencia doméstica o protección contra el maltrato en su contra;
- tiene una orden de protección civil ex parte por abuso sexual, agresión sexual, o acecho en su contra;
- es menor de los 21 años de edad; o
- es una persona inmigrante sin documentos que está en los Estados Unidos ilegalmente.3
También, las leyes federales, que aplican a todos los estados, limitan el derecho de poseer un arma de fuego si la persona agresora fue declarada culpable de un delito grave o de un delito menor de violencia doméstica o si tiene en su contra una orden de protección final que cumple con ciertos requisitos. Vaya a la página de Leyes Federales sobre Armas de Fuego para más información.
1 C.G.S.A. §§ 53a-217(a); § 46b-38h
2 C.G.S.A. § 53a-217(a); 18 USC § 922(g)(2), (g)(4), (g)(9)
3 C.G.S.A. § 29-36f(b)
Armas de Fuego y Órdenes de Restricción
Tengo una orden de restricción temporal en contra de la persona agresora. ¿Es ilegal que esa persona tenga un arma de fuego?
El que sea o no ilegal tener armas de fuego cuando hay una orden temporal dependerá de si la orden se dio ex parte, o sea sin notificar con anticipación a la otra parte o sin una audiencia, o si se dio después de la notificación y una audiencia.
Las leyes estatales de Connecticut prohíben que alguien obtenga un certificado para portar una pistola o revólver si hay una orden de restricción ex parte en su contra que se haya dado por el uso, intento del uso o amenaza del uso de la fuerza física contra otra persona. La ley dice que esto incluye específicamente una orden ex parte de violencia doméstica o protección contra el maltrato y una orden de protección civil ex parte por abuso sexual, agresión sexual o acecho.1 Si ya tiene un certificado para portar una pistola o revólver, se le quitará cuando se dé la orden ex parte y tendrá que entregarle su certificado a la policía dentro de cinco días de haber recibido el aviso de revocación.2
Sin embargo, no es ilegal poseer cualquier arma de fuego o munición con una orden de restriccion temporal ex parte. Si su orden temporal fue dada después de la notificación y una audiencia, entonces sí es ilegal.3
1 C.G.S.A. § 29-36f(b)(6)
2 C.G.S.A. § 29-36i(a), (b)
3 C.G.S.A. §§ 53a-217(a); 53a-217c(a)
Tengo una orden de restricción final en contra del agresor. ¿Es ilegal que esa persona tenga un arma de fuego?
Las leyes de Connecticut prohíben que una persona que tenga cualquiera de las siguientes órdenes de restricción finales en su contra, posea armas de fuego o munición y obtenga un certificado para portar una pistola o revólver mientras la orden esté en vigor:
- una orden de restricción o protección de cualquier estado en un caso relacionado al uso, intento de uso, o amenaza de uso de la fuerza física;
- una orden de incautación de armas de fuego; o
- una orden de protección por riesgo o investigación para una orden de protección por riesgo.1
Si ya tiene certificado para portar una pistola o revólver, se le quitará y tendrá que entregarle el certificado a la policía dentro de cinco días de haber recibido la notificación de revocación.2
También, las leyes federales, que aplican a todos los estados, limitan el derecho de una persona agresora a tener un arma de fuego si hay una orden de protección final en su contra que cumple con ciertos requisitos, incluso si el/la juez/a no incluye específicamente en la orden que no puede tener un arma de fuego. Vaya a la página de Leyes Federales sobre Armas de Fuego para más información.
1 C.G.S.A. §§ 53a-217(a); 29-36f(b)(6), (b)(7)
2 C.G.S.A. § 29-36i(a), (b)
¿Hay algo que yo pueda hacer para facilitar que se le retire el arma a la persona que abusa de mí cuando yo obtenga una orden de protección?
Aquí le proporcionamos algunas ideas útiles:
- Si la persona que abusa de usted tiene un arma, dígale a el/la juez/a cuántas armas tiene esa persona, y si le ha amenazado con un arma alguna vez;
- Pídale a el/la juez/a que específicamente escriba en su orden de protección que la persona que abusa de usted no puede poseer, comprar o tener un arma mientras la orden esté en vigor. El formulario que usted tendrá que completar para pedir una orden de protección tendrá una parte en la que se pedirá que el arma de la persona que abusa de usted sea retirada. Asegúrese de pedir esto; y
- Antes de irse de la corte, compruebe que la restricción de armas está escrita en su orden.
Puede que también le resulte de ayuda que el/la juez/a explique lo que pasará con las armas de la persona que abusa de usted, quién se las llevará, y dónde permanecerán una vez que usted abandone la corte. Si el/la juez/a está de acuerdo con incluir en la orden que la persona que abusa de usted no puede quedarse con sus armas mientras la orden de protección está en vigor, tal vez usted también quiera pedirle a el/la juez/a que:
- Le requiera a la persona que abusa de usted que entregue sus armas a la policía, o que la policía vaya a la casa de la persona que abusa de usted y las confisque;
- Deje claro cuánto tiempo se mantendrán alejadas las armas del alcance de la persona que abusa de usted; y
- Le ordene a la policía que le notifique cuando le devuelvan las armas a la persona que abusa de usted.
Armas de Fuego y Condenas Criminales
Si la persona agresora fue declarada culpable de un crimen, ¿es ilegal que tenga un arma de fuego?
Es ilegal bajo las leyes estatales de Connecticut que una persona posea (tenga) un arma de fuego o munición y se le puede denegar un certificado para portar un revólver o una pistola si:
- ha sido declarada culpable de un delito grave;
- ha sido declarada culpable de cualquier de los siguientes delitos menores cometidos en los últimos 20 años:
- homicidio criminalmente negligente;
- agresión en 3er grado;
- agresión de una persona mayor, ciega, discapacitada o embarazada o de una persona con una discapacidad intelectual;
- amenaza en segundo grado;
- imprudencia temeraria en primer grado;
- restricción ilegal en segundo grado;
- disturbios en primer grado;
- disturbios en segundo grado;
- incitar disturbios;
- acecho en segundo grado;
- ha sido declarada culpable de uno de los siguientes delitos menores contra un familiar o miembro del hogar:
- violación criminal de una orden de protección;
- violación criminal de una orden de restricción;
- violación criminal de una orden de protección criminal vigente;
- agresión (1er, 2do grado);
- agresión de una persona mayor, ciega, discapacitada o embarazada o de una persona con discapacidad intelectual (1er, 2do, 3er grado);
- agresión de una persona mayor, ciega, discapacitada o embarazada o de una persona con una discapacidad intelectual en segundo grado con un arma de fuego;
- agresión de una mujer embarazada que resulte en la terminación del embarazo;
- agresión en segundo grado con un arma de fuego;
- amenaza (2do grado);
- imprudencia temeraria (1er y 2do grado);
- estrangulación o asfixia (1er, 2do y 3er grado);
- agresión sexual (1er grado);
- agresión sexual agravada (1er grado);
- agresión sexual (2do y 3er grado);
- agresión sexual agravada de un/a menor;
- agresión sexual en tercer grado con un arma de fuego;
- acecho (1er, 2do, 3er grado);
- acoso (1er y 2do grado);
- violación de la paz en segundo grado; o
- conducta desordenada;
- ha sido declarada culpable de un delito menor de violencia doméstica según lo define la ley federal;
- ha sido declarada culpable de posesión ilegal de una sustancia controlada en o después del 1o de octubre de 2015;
- ha sido declarada delincuente por una “ofensa juvenil grave”; o
- ha sido liberada de la custodia dentro de los últimos 20 años, después de haber sido declarada no culpable de un delito por una enfermedad o un defecto mental.1
También, bajo las leyes federales, que aplican a todos los estados, es ilegal poseer un arma de fuego si una persona fue declarada culpable de un delito grave o un delito menor de violencia doméstica. Vaya a la página de Leyes federales de armas de fuego para más información.
1 C.G.S.A. §§ 53a-217(a); 29-36f; 46b-38h
¿Cómo puedo averiguar si la persona que abusa de mí ha sido condenada por un crimen?
Los documentos que indican los antecedentes están a disposición del público están a disposición del público, pero no son siempre fáciles de acceder. Si usted conoce la corte exacta en la que la persona que abusa de usted ha sido condenada, usted puede ir a esa sala de justicia y pedirle a el/la secretario/a de la corte acceso a esos documentos.
Los documentos que indican los antecedentes por delitos menores o graves de violencia doméstica también permanecen en el National Instant Criminal Background Check System o Sistema Instantáneo de Registro Nacional de Antecedentes Criminales (NICS, por sus siglas en inglés). Sin embargo, sólo a los/as agentes del orden público y los/as vendedores de armas de fuego se les permite buscar en el NICS. Su departamento local de policía es el único que tal vez pueda buscar en el NICS por usted, si usted se lo pide, pero este departamento no está obligado a hacerlo.
Para leer más sobre el NICS, por favor vea la pregunta, ¿Qué pasará si el agresor intenta comprar un arma?
Se supone que la persona agresora no puede tener un arma de fuego...¿y ahora qué?
Si se le quita el arma de fuego de el agresor, ¿qué pasará con el arma?
Si usted tiene una orden de restricción o protección final, la persona agresora tiene 24 horas después de recibir la notificación de la orden para entregar todas las armas de fuego y munición a un/a vendedor/a de armas de fuego con licencia federal, a el/la Comisionado/a de Servicios de Emergencia y Protección Pública o al departamento local de policía.1 Una vez expire la orden de restricción, la persona agresora puede pedir que le devuelvan las armas de fuego. Generalmente se le devolverán las armas de fuego dentro de cinco días laborables desde su petición.2 Si la persona agresora le entrega las armas de fuego y munición a la policía, más adelante puede hacer los arreglos para que se las transfieran a otra persona, como a un/a amigo/a o familiar.3
1 C.G.S.A. § 29-36k(b), (c)(1)
2 C.G.S.A. § 29-36k(c)(3)
3 C.G.S.A. § 29-36k(d)
¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma?
Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes estatales de armas de fuego, puede llamar a la policía local, a la oficina de el/la alguacil (sheriff) o a la Policía Estatal. Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes de armas federales, puede llamar a la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés).
Puede encontrar información para los departamentos de el/la alguacil (sheriff) en su área en nuestra página CT Comisarías del Sheriff.
Puede encontrar las oficinas de ATF en Connecticut en el sitio de web de ATF. Para reportar actividad ilegal de armas de fuego, una persona puede también llamar a 1-800-ATF-GUNS (1-800-283-4867). Muchas oficinas de ATF tienen defensores/as de víctimas, llamados/as “coordinadores/as de víctimas/testigos”. Quizás pueda hablar con uno/a de estos/as defensores/as si está teniendo problemas contactando (o recibiendo una llamada de vuelta) de un/a oficial de ATF.
Una organización local que trabaje con violencia doméstica también puede ser que pueda contestar sus preguntas y ayudarle a hablar con los/as oficiales del orden necesarios/as. Puede encontrar información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página CT Intercesoras y Albergues.
Nota: Generalmente, el/la agresor/a no tiene que tener conocimiento de la ley para ser arrestado/a por violarla. Si el/la agresor/a tiene o compra un arma de fuego en violación de la ley, el/la agresor/a puede ser arrestado/a, aún si sabe o no que está violando la ley.1
1United States v. Lippman, 369 F. 3d 1039 (8th Cir. 2004); United States v. Henson, 55 F. Supp. 2d 528 (S.D. W.V. 1999)
¿Qué pasará si el agresor intenta comprar un arma?
Antes de comprar un arma de fuego de un/a vendedor/a licenciado/a, todos los/las compradores/as deben someterse a un chequeo de antecedentes penales realizado por el Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales (“National Instant Criminal Background Check System,” o “NICS” por sus siglas en inglés). El Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales es utilizado por los/as licenciatarios/as federales de armas de fuego (“FFLs,” por sus siglas en inglés) para determinar de forma instantánea si alguien es elegible para recibir explosivos o armas de fuego.1 Si el/la agresor/a tiene una orden de protección calificada en su contra o, si ha sido sentenciado/a por un delito grave o un delito menos grave por violencia doméstica intrafamiliar en cualquier estado, esos registros deben estar en el NICS, lo cual debería imposibilitarle a el/la agresor/a comprar un arma de fuego. No todos los estados tienen un sistema automatizado de registro, lo que dificulta el proceso de verificación de antecedentes penales, por lo tanto, algunos criminales y agresores/as logran burlar el sistema. También es importante saber que no se necesita una verificación de antecedentes penales para ventas privadas y a través del Internet.
Si el/la agresor/a pudo comprar un arma y usted entiende que él/ella no debe tener una legalmente, usted puede avisarle a la policía y pedir que le quiten el arma y quizás ellos/as lo/a investigarán. Generalmente no es buena idea asumir que porque el/la agresor/a pudo comprar un arma, es legal que la tenga.
¿Cuál es la pena por violar la ley estatal de armas de Connecticut?
Según las leyes estatales de Connecticut , si alguien posee ilegalmente un arma de fuego es un delito grave de Clase C y puede recibir un castigo de entre uno y diez años en prisión, una multa o los dos.1
1 C.G.S.A. §§ 53a-217; 53a-35a(7)
Más Información y Lugares que Ayudan
No tengo una orden de protección y la persona agresora no ha sido declarada culpable de un crimen. ¿Hay otras razones por las que sería ilegal que el agresor tenga un arma de fuego en Connecticut?
Aunque usted no tenga una orden de restricción y la persona agresora no haya sido declarada culpable de un crimen, hay otras razones por las cuales puedan prohibirle tener un arma de fuego. Bajo las leyes estatales de Connecticut es ilegal tener un arma de fuego o munición si cualquiera de las siguientes es cierta:
- tiene una orden final de incautación de armas de fuego en su contra;
- tiene una orden de protección por riesgo o una investigación para una orden de protección por riesgo en su contra;
- le han dejado en libertad dentro de los últimos 20 años después de haber sido declarado/a no culpable de un delito por una enfermedad o un defecto mental;
- ha estado en un hospital psiquiátrico dentro de los últimos cinco años por orden de un tribunal de sucesiones (“probate court” en inglés);
- ha ingresado voluntariamente o ha sido internado/a con un certificado de emergencia en un hospital psiquiátrico dentro de los últimos seis meses; Nota: Esto no aplica si:
- la única razon para estar en el hospital fue dependencia al alcohol o drogas; o
- la persona es una policía a quién le devolvieron el arma de fuego para uso oficial;
- ha sido juzgado/a “mentalmente deficiente” o ha sido internado/a en una institución mental; o
- si es fugitivo/a de la justicia.1
Además, se le puede denegar un certificado para portar un revólver o una pistola si la persona:
- cumple con cualquier de las condiciones mencionadas arriba;
- es menor de los 21 años de edad; o
- es una persona inmigrante sin documentos migratorios, que está en los Estados Unidos ilegalmente.2
Si ninguna de estas situaciones aplica, todavía puede planificar para su seguridad. Vea nuestra página de Planificación de seguridad para más información. También puede contactarse con su organización local de violencia doméstica para más ayuda. Puede que quiera hablar con ellos/as para decidir si salir del área - por mucho o poco tiempo - podría mejorar su seguridad. Para encontrar un albergue o a una persona intercesora en un programa local, por favor visite la página de Intercesoras y albergues de Connecticut.
Para más información sobre las leyes de armas de fuego en Connecticut, puede ir al sitio web del Centro Legal Giffords.
También, las leyes federales, que aplican en todos los estados, prohíben que la persona agresora tenga un arma bajo otras circunstancias. Para obtener más información, vaya a Leyes federales sobre armas de fuego.
1 C.G.S.A. § 53a-217(a); 18 USC § 922(g)(2), (g)(4)
2 C.G.S.A § 29-36f
He leído toda esta información y todavía sigo confundida. ¿Qué puedo hacer?
El tratar de entender las leyes federales y estatales puede ser difícil, pero hay personas que le pueden ayudar a entender mejor las leyes y sus derechos bajo las leyes. Usted puede:
- contactar al Centro Nacional de Órdenes de Protección y Entera Fe y Crédito para conseguir más información acerca de la ley federal de armas de fuego y cómo le aplica: 1-800-903-0111 x 2;
- contactar a una organización de violencia doméstica en su área (vea nuestra página CT Intercesoras y Albergues); o
- contactarnos por el Correo Electrónico Legal.