¿Qué es custodia?
Custodia es el cuidado físico y la supervisión de un(a) niñ(o) menor de 18 años de edad. Custodia física se usa para describir la persona con quien el niño vive diariamente. Custodia legal se usa para describir la persona que tiene el derecho de tomar decisiones importantes con relación al niño, incluyendo decisiones acerca de la educación, salud, y religión.1
Existen dos tipos de de custodia diferentes: custodia compartida y custodia exclusiva.2 También hay visitación, que se refiere al tiempo que el niño pasa con el padre/madre que no vive con él’ella.
1 NCGS § 50A-102(3)
2 NCGS § 50-13.2(b)
¿Qué es custodia exclusiva?
Custodia exclusiva significa que uno de los padres toma todas las decisiones mayores en la vida del niño. Al padre con custodia exclusiva se le conoce como el “padre/madre custodial” y el que no tiene la custodia exclusiva se le conoce como el “padre/madre sin custodia.” Generalmente, el tribunal ordenará que el padre/madre sin custodia tendrá contacto contínuo con el niño a través de visitación. Es posible que el tribunal ordene que el padre/madre sin custodia vea comparta con el niño igual que un padre/madre que tenga custodia compartida.
¿Qué es custodia compartida?
Custodia compartida quiere decir que ambos padres juntos toman las decisiones mayores en la vida del niño. Para tomar estas decisiones juntos, padre y madre tienen que tener la habilidad de comunicarse y negociar para poder llegar a un acuerdo. Por esta razón, custodia compartida no es una buena opción en relaciones donde hay violencia doméstica. Decisiones diarias menores, tales como horario de ir a la cama o qué ropa ha de ponerse el niño, son decisiones que las tomará el padre/madre que esté con el niño en el momento de tomar la decisión.
Custodia compartida no quiere decir que el niño vivirá la mitad del tiempo con la madre y la mitad del tiempo con el padre. Significa que la custodia física será compartida de tal manera que el niño tenga contacto contínuo con la madre y el padre. Usualmente, el tribunal especificará cuál de los dos (padre o madre) tendrá la residencia primaria del niño.1
1 NCGS § 50-13.2(b)
¿Qué es visitación?
Visitación es un término que puede ser incluído en la orden de custodia. Visitación dará al padre/madre sin custodia el derecho de ver a sus hijos. El tribunal generalmente prefiere establecer un itinerario de visitación específico para que el niño pase tiempo con el padre/madre que no tiene custodia. La cantidad de tiempo para la visitación puede depender de la edad del niño, la distancia de dónde vive el padre y la madre, y otros factores relacionados con el niño. Un itinerario de visitación puede incluir estadías de un día para otro, fines de semana, noches en la semana, días feriados, vacaciones escolares, veranos, etc.
El juez puede ordenar visitación supervisada si la seguridad del niño es una preocupación. Si ha habido violencia doméstica entre padre y madre, el juez también puede ordenar que el intercambio del niño sea en un lugar de supervisión o en un lugar público.1
1 NCGS § 50-13.2(b)
¿Cuáles son algunas de las ventajas o desventajas de obtener una orden de custodia?
Existen varias razones por los cuales algunas personas optan por no conseguir una orden de custodia en el tribunal. Algunas personas deciden no obtener una orden de custodia para no involucrar al tribunal. Puede que estas personas tengan un acuerdo informal que funciona bien. Algunas personas sienten que ir al tribunal provocaría al otro padre de alguna manera negativa, o les preocupa que una vez comienza el caso, el otro padre insistirá y recibirá más custodia o visitación de lo que desean que el otro padre tenga.
Si el otro padre no está envuelto en la vida del niño, puede que se envuelva porque un caso de tribunal ha comenzado. Además, si el otro padre pelea por la custodia, el caso puede durar largo tiempo, a veces más de un año. Tendrá que ir al tribunal en varias ocasiones, especialmente si el otro padre también quiere custodia. Puede que el tribunal quiera descubrir aspectos de su vida personal que usted prefiere mantener en privado, tales como problemas mentales, su récord criminal, abuso de sustancias controladas, o detalles de sus relaciones personales.
Aún así, tener una orden de custodia del tribunal puede darle ciertos derechos. Tener una orden de custodia puede darle:
- el derecho de tomar decisiones acerca de su hijo/a; y
- el derecho de que el/la niño/a viva con usted.
Es posible que sin una orden de custodia, los dos padres/madres comparten estos derechos, aunque un/a padre/madre es el/la que cuida de el/la niño/a diariamente. Aún así, si usted pide custodia al tribunal, puede que el otro padre también pida estos derechos y entonces será el juez el que decida.
Le sugerimos que hable con un abogado que le ayude a decidir si pedir custodia al tribunal es la mejor decisión para usted. Puede encontrar asistencia legal en Carolina del Norte en la página de NC Encontrando a un Abogado.
Algunas personas piensan que para recibir manutención para los niños tienen que pedir custodia al tribunal. Aunque custodia y manutención de menores están vinculados, no necesariamente necesita una orden de custodia para recibir manutención. Una orden de custodia no le dará manutención automáticamente. Para más información, vea nuestra página Manutención de Menores. Además, no necesita una orden de custodia para recibir asistencia económica del gobierno, cuidado médico o aseguranza médica para su niño, para inscribirlo en la escuela or para permitir que otra persona lo cuide temporeramente.
¿Debo comenzar un caso en la corte para pedir visitas supervisadas?
Si usted no está cómodo/a con que el/la agresor/a esté a solas con su hijo/a, pude que usted quiera considerar pedirle a el/la juez/a que las visitas sean supervisadas. Si usted tiene ya un caso abierto en la corte porque el/la agresor/a solicitó custodia o visitación, no tiene nada qué perder pidiéndole a el/la juez/a que las visitas sean supervisadas aunque esto puede depender de su situación.
Sin embargo, si usted no tiene un caso abierto en la corte, por favor obtenga consejo legal antes de que usted le pida a el/la juez/a las visitas supervisadas. Nosotros recomendamos que hable con un/a abogado/a que se especialice en casos de custodia, para averiguar qué tiene que probar ante el/la juez/a para que le otorgue visitas supervisadas y cuánto tiempo estas visitas supervisadas van a durar dependiendo de su caso.
En la mayoría de los casos, las visitas supervisadas son una medida temporal. Aunque cada orden de visitación va a depender de las circunstancias, el estado, condado o juez/a, el/la juez/a puede ordenar a un/a profesional a que observe el comportamiento de el/la padre/madre en algunas de las visitas o las visitas puedes ser supervisadas por un/a familiar. Esto usualmente puede durante algunos meses y, si no hay ningún problema, lo más probable es que las visitas dejen de ser supervisadas. Al final de este proceso es posible que el/la padre/madre termine teniendo vistas más frecuentes y por más largo rato que antes de ir a corte. Puede que también termine teniendo la custodia compartida.
En algunos casos, para proteger a su hijo/a de peligro inmediato de el/la agresor/a, es apropiado empezar un caso en la corte sobre custodia y visitación. Para saber si eso es lo mejor para su caso, vaya a NC Encontrando a un Abogado para buscar un consejo legal.