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Información Legal: Carolina del Norte

Manutención de Menores

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Leyes actualizadas al 10 de diciembre de 2024

¿Qué es la manutención de menores y quién puede solicitarla?

Generalmente, la manutención de menores es una cantidad de dinero que un/a padre/madre que no tiene la custodia de el/la menor le paga a el/la otro/a padre/madre para ayudar a mantener a el/la menor cuando los padres no viven juntos. Los padres pueden llegar a un acuerdo informal fuera de la corte para una cantidad acordada o la corte puede dar una orden de manutención de menores. Cualquier padre/madre o cualquier persona, agencia, organización o institución que tenga custodia de un/a menor, o que la esté solicitando, puede comenzar un caso de manutención de menores en la corte. Además, un/a menor puede comenzar un caso de manutención de menores a través de su tutor/a.1

1 NCGS § 50-13.4(a)

¿Cómo puedo solicitar manutención de menores? ¿Puedo recibir ayuda sin tener que pagar mucho dinero?

Hay dos maneras de comenzar un caso de manutención en Carolina del Norte. Puede hacerlo a través de la corte civil o a través de la corte criminal.

En la corte civil
Usted puede presentar una petición de manutención de menores por su cuenta, con un/a abogado/a o la División de Servicios Sociales (DSS) puede hacerlo por usted.

Aunque usted presente por su cuenta, DSS puede asistirle más adelante en el caso. El que usted no tenga que pagar por la ayuda dependerá de sus ingresos. Si recibe asistencia pública, DSS le ayudará con su caso de manutención y usted no tendrá que pagar por la ayuda. Si no recibe asistencia pública, la ayuda de DSS tendrá un costo de $10 o $25, según sus ingresos.1 El/la abogado/a de DSS presentará el caso por usted, o puede presentarlo usted inicialmente, y el/la abogado/a le representará en la corte y se encargará de que la orden se haga cumplir si el/la otro/a padre/madre no paga.

Como se mencionó anteriormente, también puede representarse a usted mismo/a. Si decide hacer esto, debe seguir todas las reglas de procedimiento y evidencia que apliquen, lo que puede ser difícil para alguien que no sea un/a abogado/a lo sepa. Además, recuerde que el/la juez/a que vea su caso no puede aconsejarle ni ayudarle con su caso. El/la secretario/a de la corte tampoco puede darle consejo legal ni representarle. Para referidos legales, gratis y de paga, vaya a nuestra página Encontrando a un abogado en Carolina del Norte.

En la corte criminal
Según la ley de Carolina del Norte, puede ser un delito menor si los padres “intencionalmente” se niegan a proveer manutención adecuada2, incluso antes de que haya una orden de manutención de menores. “Intencionalmente” se define como cuando un/a padre, intencionalmente y sin justa causa ni excusa, no provee el apoyo adecuado para sus hijos/as según su habilidad para pagar y su posición financiera, ocupacional o educativa (“estatus social”) 3 Si un/a padre/madre es declarado/a culpable de este crimen, la corte puede ordenar que la manutención salga de los bienes o el trabajo de la parte demandada y puede dar una orden de manutención de menores basada en las guías estatales.4 En otras palabras, el/la juez/a puede obligar a el/la padre/madre a que transfiera la propiedad a usted o hacer que saquen el dinero directamente de los ingresos de el/la padre/madre. El/la juez/a puede darle una sentencia de cárcel a la parte demandada que sería suspendida por un periodo de tiempo con la condición de que pague cierta cantidad de manutención de menores en un tiempo determinado. Si la parte demandada no cumple con la orden, se puede quitar la suspensión de la sentencia de cárcel.

Usted puede presentar esta acción criminal para pedir manutención de menores consiguiendo una orden de un/a magistrado/a.

1 NCGS § 110-130.1(a)
2 NCGS § 14-322(d), (f)
3  Vea State v. Hall, 251 N.C. 211, 110 S.E.2d 868 (1959)
4 NCGS § 14-322(e)

¿Quién es responsable de la manutención de un menor?

En la mayoría de los casos, los padres de el/la menor son los principales responsables de mantener a sus hijos/as. Sin embargo, hay circunstancias que ponen la responsabilidad de la manutención de un/a menor sobre otra persona, como los abuelos. Por ejemplo, si los padres de el/la menor tienen menos de 18 años y no están emancipados, los abuelos de el/la menor comparten la responsabilidad de manutención con ellos, aunque otra persona que no sea los padres ni abuelos tenga la custodia de el/la menor.1 Para información más detallada sobre la manutención de los menores cuando los padres son menores de edad, vea la sección Cuando un padre es menor de edad.

1 NCGS § 50-13.4(b)

¿Qué pasa si los padres no tienen trabajo?

Si el/la padre/madre está desempleado/a pero tiene la capacidad para trabajar, la corte puede ordenarle que trabaje o busque un trabajo. Los padres mayores de 18 años son responsables de mantener a sus hijos/as aunque no estén trabajando. Esto aplica aunque el/la padre/madre no tenga la custodia legal de el/la menor.1

1 NCGS § 50-13.4(b)

¿Qué es la emancipación?

La emancipación es básicamente la manera en que un/a menor de menos de 18 años puede convertirse en una persona adulta ante la ley. Cuando una persona se emancipa, sus padres ya no son responsables de él/ella y el/la menor emancipado/a puede presentar casos judiciales, firmar contratos o hacer cualquier cosa legal que una persona adulta puede hacer.

Si un/a menor de edad se casa, queda automáticamente emancipado/a sin necesidad de ir a la corte.1 Un/a menor debe tener 16 años o más para ser emancipado/a por la corte2 y debe demostrar que la emancipación es en su mejor interés. El/la juez/a celebrará una audiencia, considerará muchos factores que puede encontrar en nuestra página de Estatutos Seleccionados de Carolina del Norte y decidiría si dar o no la emancipación.3

1 NCGS § 7B-3509
2 NCGS § 7B-3500
3 NCGS § 7B-3503; ver también § 7B-3504