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Información Legal: Nuevo México

Nuevo México: Protecciones en el Lugar de Trabajo

Leyes actualizadas al 31 de julio de 2024

¿Quién está protegido por estas leyes?

Según la ley del estado de Nuevo México, usted podrá estar protegido/a si es:

1 N.M. Stat. § 50-4A-3

¿Cómo me protegen estas leyes?

Conforme estas leyes estatales de Nuevo México, su empleador/a debe permitirle tomar una “licencia por violencia doméstica” para protegerse del maltrato doméstico.1

Además, su empleador/a no puede castigarle a usted por usar licencia por violencia doméstica y no puede discutir su situación con otras personas.2

1 N.M. Stat. § 50-4A-2(B)
2 N.M. Stat. §§ 50-4A-3, 50-4A-6

¿Que es la licencia por violencia doméstica? ¿Para qué puedo usar mi licencia por violencia doméstica?

La licencia por violencia doméstica es una licencia que puede ser con paga o sin paga. Usted puede usar esta licencia para trabajar ciertos asuntos relacionados con un incidente de violencia doméstica. La licencia por violencia doméstica incluye la licencia por enfermedad o cualquier otro tipo de licencia con paga que usted tenga disponga.1Para la licencia por violencia doméstica, un empleado/a puede usar una licencia con paga o sin paga por hasta ocho horas por día durante 14 días. Los 14 días pueden tomarse consecutivamente o pueden distribuirse durante el año calendario.2

Puede usar la licencia laboral por violencia doméstica para:

  • obtener o tratar de obtener una orden de protección u otro tipo de protección de la corte;
  • reunirse con oficiales de la policía;
  • hablar con un/a abogado/a o intercesor/a de víctimas de la fiscalía del distrito; o
  • asistir a una audiencia suya o de un familiar, relacionada con la violencia doméstica.2

1 N.M. Stat. § 50-4A-5(A)
2 N.M. Stat. § 50-4A-3