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Información Legal: Nuevo México

Protecciones en el Lugar de Trabajo

Leyes actualizadas al 31 de julio de 2024

¿Debo proporcionarle a mi empleador prueba por escrito si necesito tomar tiempo libre por violencia doméstica?

Su empleador/a puede pedirle que compruebe por qué necesita utilizar una licencia por violencia doméstica. Si su empleador/a solicita la que compruebe que necesita la licencia, usted debe proporcionar alguno de los siguientes documentos:

  • un informe de la policía que demuestre que usted o un miembro de su familia fue víctima de violencia doméstica;
  • una copia de una orden de protección u otra evidencia de la corte relacionada con la violencia doméstica; o
  • una declaración escrita que indique que usted o el miembro de su familia están o estuvieron citados/as a comparecer ante la corte por un caso relacionado con un incidente de violencia doméstica. La declaración puede ser de:
    • un/a abogado/a que lo/a representa;
    • un/a intercesor/a de víctimas de la fiscalía de distrito;
    • un/a oficial de la policía; o
    • un/a fiscal.1

1 N.M. Stat. § 50-4A-4(B)

¿Con cuánto tiempo de anticipación debo avisarle a mi empleador para tomar tiempo libre por violencia doméstica?

La ley no especifica con cuánta anticipación debe avisarle a su empleador/a antes de tomar una licencia por violencia doméstica. Sin embargo, la ley deja claro que si necesita usar su licencia en una emergencia, debe notificarle a su empleador/a dentro de las veinticuatro horas posteriores al inicio de su licencia.1

1 N.M. Stat. § 50-4A-4(A)