¿Debo notificarle con anticipación a mi empleador antes de tomar tiempo del trabajo?
Esta ley no indica que usted debe notificarle con anticipación a su empleador/a antes de tomar su licencia. Sin embargo, después de utilizar cualquier cantidad de horas de licencia bajo esta ley, usted debe notificarle con 48 horas de anticipación a su empleador/a si quiere tomar horas adicionales de licencia.1
1 N.R.S. § 608.0198(2)(b)
¿Debo darle a mi empleador prueba por escrito (documentación) si tomo tiempo del trabajo?
Su empleador/a puede pedirle que presente evidencia de que está usando la licencia por una razón permitida bajo esta ley. Puede presentar evidencia dándole a su empleador/a:
- un informe de la policía;
- una copia de la solicitud para una orden de protección;
- un afidávit (declaración jurada) de una organización de servicios a víctimas; o
- documentación de un médico para justificar su uso de la licencia.1
Su empleador/a debe mantener confidencial cualquier documentación que usted dé.1
1 N.R.S. § 608.0198(4)