Soy una víctima de violencia doméstica y la persona agresora tiene un arma de fuego. ¿Es eso legal?
La ley estatal de Washington dice que una persona no puede comprar un arma de fuego si cualquiera de las cuatro condiciones mencionadas abajo es cierta:
1. Ha sido declarada culpable, o no culpable por razón de demencia, de una “ofensa grave”.1 Una ofensa grave es cualquiera de las siguientes o un intento de delito grave para cometer cualquiera de las siguientes:
- cualquier “crimen de violencia” (definido en RCW 9.41.010(7));
- cualquier delito grave de violación a la Ley Uniforme de Sustancias Controladas, capitulo 69.50 RCW que se clasifica como un delito grave clase B o que tiene un término máximo de encarcelamiento de al menos diez años;
- abuso sexual de menores en segundo grado;
- incesto cuando se comete contra un/a menor de menos de 14 años;
- libertades indecentes;
- dirigir crimen organizado;
- promover la prostitución en primer grado;
- violación en tercer grado;
- tiroteo desde un vehículo;
- explotación sexual;
- agresión u homicidio vehicular cuando por manejar bajo la influencia o de manera imprudente;
- cualquier otro delito grave clase B con un hallazgo de “motivación sexual”, definido en RCW 9.94A.030;
- cualquier otro delito grave con un “veredicto de arma mortal”, según se define en RCW 9.94A.825
; - cualquier delito grave que haya estado vigente en cualquier momento antes del 6 de junio del 1996 que sea comparable a una “ofensa grave”, o cualquier sentencia federal o de otro estado por un delito grave que sería una “ofensa grave” en Washington;
- cualquier sentencia criminal grave por violar los requisitos de una verificación de antecedentes penales para la venta de armas de fuego según RCW 9.41.115; o
- cualquier delito grave bajo RCW 46.61.502(6) o 46.61.504(6).2
2. Ha sido declarada culpable, o no culpable por razón de demencia, de cualquier delito grave o:
- cualquiera de las siguientes ofensas contra un familiar o miembro del hogar:
- acoso;
- agresión en cuarto grado;
- coerción;
- acecho;
- imprudencia temeraria;
- entrada ilegal criminal en primer grado; o
- violación del mandato de no contacto o de mantenerse fuera de la vivienda de la víctima de una orden de protección;
- cualquiera de las siguientes ofensas independientemente de la persona involucrada:
- violencia doméstica;
- acecho o acecho cibernético;
- acoso cibernético;
- acoso;
- apuntar o disparar un arma de fuego;
- portar o manejar un arma de fuego ilegalmente;
- crueldad a los animales en segundo grado; o
- cualquier ofensa previa cometida dentro de siete años de una sentencia criminal por cualquier otra ofensa previa bajo RCW 46.61.5055 ;
- violación de una orden para entregar y prohibir armas; o
- violación de una orden de protección por riesgo extremo.3
3. Tiene una orden de protección en su contra que cumple con las siguientes condiciones:
- la orden de protección fue dada después de una audiencia donde la persona agresora tuvo la oportunidad de presentarse y participar;
- la orden prohíbe:
- que la persona agresora acose, aceche o amenace a una pareja íntima o a el/la hijo/a de la pareja íntima, o haga cualquier cosa que pueda causar que la pareja íntima tenga miedo razonable de sufrir daño físico; y
- el uso, intento de uso o amenaza de uso de la fuerza física contra la pareja íntima o su hijo/a, que razonablemente se espera le cause daño físico; y
- la orden incluye una determinación de el/la juez/a (un “hallazgo”) de que la persona agresora presenta una amenaza creíble a la seguridad de su pareja íntima o su hijo/a;4 o
4. La persona:
- ha sido admitida involuntariamente para tratamiento de salud mental;
- se ha encontrado incompetente para enfrentar un juicio y el/la juez/a ha establecido que la persona tiene un historial de actos violentos;
- tiene menos de 18 años y no califica para una excepción; o
- tiene un juicio, apelación o sentencia pendiente por una “ofensa grave” mencionada en el #1, arriba.5
También hay leyes federales que prohíben que una persona que tenga una orden de protección en su contra o haya sido declarada culpable de ciertos crímenes tenga un arma de fuego. Vaya a nuestra página Leyes federales sobre armas de fuego para más información.
1 R.C.W. § 9.41.040(1)(a)
2 R.C.W. § 9.41.010(42)
3 R.C.W. § 9.41.040(2)(a)(i)
4 R.C.W. § 9.41.040(2)(a)(ii)
5 R.C.W. § 9.41.040(2)(a)(iii), (iv), (v), (vi)