WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Preparándose para la Corte: Idaho

Idaho: Custodia

Custodia

Información básica y definiciones

¿Qué tipos de custodia hay?

Custodia compartida es cuando se le da la custodia ambos padres y el/la menor tiene contacto frecuente y continuo con cada uno de los padres. El/la juez/a puede dar custodia física compartida, custodia legal compartida o ambas. Generalmente, el/la juez/a asumirá que la custodia compartida es en el mejor interés de el/la menor a menos que haya suficiente evidencia (“preponderancia de la prueba”) de que no. Si el/la juez/a deniega la custodia compartida, debe explicar por qué lo hizo.1 Para conocer más sobre cuando el/la juez/a no ordenará custodia compartida, vaya a ¿Puede un padre que ha cometido violencia doméstica tener custodia compartida?

La custodia compartida tiene dos partes.

  • Custodia física compartida es cuando ambos padres cuidan y supervisan a el/la menor. El/la menor vive con cada uno de los padres durante periodos de tiempo significativos y debe tener contacto frecuente y continuo con ambos padres. Sin embargo, esto no significa que el/la menor debe pasar la misma cantidad de tiempo con cada uno de los padres.
  • Custodia legal compartida significa que los padres comparten los derechos, las responsabilidades y el poder legal para tomar decisiones importantes sobre la salud, educación y bienestar general de el/la menor.2

Custodia física exclusiva es cuando el/la menor vive mayormente con uno de los padres. El/la otro/a padre/madre aún puede tener derecho de visitación con el/la menor.

Custodia legal exclusiva es cuando solo uno de los padres tiene el derecho legal de tomar las decisiones importantes sobre la salud, educación y bienestar de el/la menor. 

1 I.C. § 32-717B(1), (4), (5)
2 I.C. § 32-717B(2), (3)

¿Cuál es el rol de un coordinador parental?

Un/a coordinador/a parental es una persona que ayuda a los padres a resolver sus desacuerdos. La meta es disminuir la cantidad de conflictos entre los padres, que a la larga beneficia a los/as menores.

El/la juez/a puede asignar a un/a coordinador/a parental si entiende que es necesario. Usualmente, el/la juez/a ordenará que los padres dividan los costos del tiempo de el/la coordinador/a parental.1 El/la coordinador/a parental le informará a el/la juez/a cómo van las cosas al menos una vez cada seis meses.2

1 I.C. § 32-717D(1), (3), (4)
2 I.C. § 32-717D(1)

¿Quién puede solicitar la custodia?

Usted puede solicitar la custodia si es el/la padre/madre de el/la menor, un/a abuelo/a con quien el/la menor vive en una relación estable o un/a “custodio/a de facto”.1 

Un/a custodio/a de facto es una persona que:

  1. es un familiar de el/la menor dentro de tres grados de relación (consanguinidad), como un/a tío/a o bisabuelo/a; y
  2. fue la persona cuidadora primaria de el/la menor, mantuvo a el/la menor económicamente y vivió con el/la menor mientras el/la padre/madre de el/la menor estuvo ausente e inconsistentemente involucrado/a en su vida por un periodo de tiempo específico, como sigue:
    • Si el/la menor tiene menos de tres años de edad, el periodo de tiempo es de seis meses o más.
    • Si el/la menor tiene tres años o más, el periodo de tiempo es de un año o más.2

Nota: El/la padrastro/madrastra de el/la menor o la pareja con quien convive el/la padre/madre no puede considerarse un/a custodio/a de facto.3

Si usted entiende que califica como un/a custodio/a de facto, vea ¿Cómo el juez decidirá si un custodio de facto debe tener la custodia?

1 I.C. ​§§ 32-717(3); 32-1704(1)
I.C. ​§ 32-1703(1)(a), (1)(b)
I.C. ​§ 32-1703(4)(b)

¿Cómo el juez decidirá si un custodio de facto debe tener la custodia?

Si el/la juez/a determina que la persona que está solicitando la custodia es un/a custodio de facto, entonces el próximo paso sería que el/la juez/a decida si sería en el mejor interés de el/la menor que esta persona tenga la custodia en vez de los padres o junto con uno de los padres.

El/la juez/a también puede considerar por qué el/la menor estuvo bajo el cuidado de el/la custodio de facto. Por ejemplo, puede averiguar si el/la menor se quedó con el/la custodio de facto mientras el/la padre/madre buscaba trabajo o iba a la escuela. El/la juez/a también se puede fijar en si el/la menor aun vive con el/la custodio de facto. Si el/la menor ya no vive con el/la custodio de facto, el/la juez/a puede considerar cuanto tiempo ha pasado desde que la persona que está solicitando la custodia fue custodio de facto.2

I.C. ​§ 32-1704(2)(j), (6), (7)
I.C. ​§ 32-1704(8)

¿Qué es un plan de crianza?

Un plan de crianza es un documento escrito que describe en detalle los acuerdos de custodia y visitación. Este plan dispone cuándo cada uno de los padres pasará tiempo con el/la menor. También explica las responsabilidades de los padres y como tomarán las decisiones importantes.

En Idaho, los padres deben llenar un formulario de plan de crianza cuando solicitan la custodia.1 La Oficina de Asistencia Judicial del Condado de Bannock tiene un video en YouTube que explica cómo llenar el formulario.

Si usted es víctima o sobreviviente de violencia doméstica, su plan de crianza debe ser seguro para usted y su hijo/a. La mejor manera de conseguir ayuda para hacer un plan seguro es buscando el consejo de un/a abogado/a que conozca los temas de custodia y violencia doméstica. Vaya a nuestra página Encontrando a un abogado en Idaho para referidos legales. Si tiene que presentarse en la corte por su cuenta sin un/a abogado/a, puede servirle de ayuda leer esta guía publicada por el Consejo Nacional de Jueces del Tribunal de Jóvenes y Familias llamada 10 Cosas que debe saber sobre los planes de crianza en los casos de violencia doméstica.

1 Vea el formulario de Ley Familiar de la Oficina de Asistencia Judicial de Idaho (CAO por sus siglas en inglés) llamado “Plan de crianza CAO FL-3”, disponible en https://courtselfhelp.idaho.gov/Forms

¿Cuáles son algunas ventajas y desventajas de obtener una orden de custodia?

Hay muchas razones por las cuales la gente decide no solicitar la custodia. Algunas personas no buscan una orden de custodia porque no quieren involucrar a la corte. Algunos padres llegan a acuerdos informales que funcionan en su caso particular. Otros piensan que comenzar un caso de custodia provocaría a el/la otro/a padre/madre y es posible que teman que el/la otro/a padre/madre luche para tener más derechos de custodia o visitación de los que le harían sentir cómodo/a.

Aunque el/la otro/a padre/madre no se involucre con el/la menor actualmente, es posible que se involucre una vez se presente el caso en la corte. Además, si el/la otro/a padre/madre lucha por la custodia, el caso podría extenderse por largo tiempo y esto puede ser emocional y económicamente agotador. Cuando vaya a la corte a pedir la custodia, el/la juez/a se fijará en muchos aspectos de su vida personal. Por ejemplo, se puede fijar en su salud mental, expediente criminal, problemas de abuso de sustancias y sus relaciones. Puede que quiera mantener estos asuntos privados.

Por otra parte, obtener una orden de custodia de la corte puede determinar los derechos legales de cada uno de los padres, lo cual puede ser un beneficio. Una orden de custodia puede darle los derechos legales para tomar las decisiones de su hijo/a y para que su hijo/a viva con usted. Sin una orden, ambos padres pueden compartir estos derechos legales, aun si uno de los padres cuida diariamente de el/la menor. Sin embargo, si usted solicita la custodia, es posible que el/la otro/a padre/madre también pida estos derechos. Si usted y el/la otro/a padre/madre no están de acuerdo, el/la juez/a decidirá cuál es el mejor acuerdo de custodia para el/la menor.

Le recomendamos enfáticamente que hable con un/a abogado/a local. Un/a abogado/a puede ayudarle a decidir si solicitar la custodia es lo mejor para usted según su situación particular. Puede encontrar ayuda legal visitando nuestra página Encontrando a un abogado en Idaho.

¿Debo comenzar un caso judicial para pedir visitas supervisadas?

Si le preocupa dejar su hijo/a solo/a con la persona agresora, puede que quiera pedirle a el/la juez/a que ordene visitas supervisadas. La visitas supervisadas podrían ser tan permisivas como tener a una persona presente durante las visitas para “estar pendiente” de las cosas, o tan estrictas como asignar a una persona profesional para que observe y presente un informe de cómo fue la interacción entre el/la menor y el/la otro/a padre/madre. Si ya usted tiene un caso en la corte porque la persona agresora solicitó visitación o custodia, puede ser conveniente pedir visitas supervisadas si tiene una buena razón para hacerlo. Eso dependerá de su situación.

Sin embargo, si no hay un caso actualmente, es buena idea hablar con un/a abogado antes de comenzar un caso para pedir visitas supervisadas. Un/a abogado/a de custodia en su área puede explicarle lo que necesita probar para que le den visitas supervisadas y un tiempo de duración según lo que esté pasando en su caso.

Usualmente, las visitas supervisadas solo se ordenan a corto plazo, pero eso puede variar dependiendo del lugar donde usted viva y el/la juez/a que atienda su caso. El/la juez/a puede ordenar que un/a profesional supervise las visitas, o un familiar o alguna persona que conozca a cualquiera de los padres puede ofrecer voluntariamente a ser la persona supervisora. Si la persona supervisora no encuentra problemas graves que deba informarle a el/la juez/a, es posible que las visitas continúen sin supervisión. Al final de un caso, puede que el/la otro/a padre/madre tenga visitas más largas y frecuentes de las que tenía antes de ir a corte o incluso algún tipo de custodia.

Si su hijo/a está en riesgo inmediato de la persona agresora, es posible que usted necesite comenzar un caso para pedir la custodia y visitas supervisadas para proteger a su hijo/a. Para averiguar lo que sería mejor en su situación, puede buscar consejo legal usando nuestra página Encontrando a un abogado en Idaho.

¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre la custodia en Idaho?

Puede encontrar más información en el sitio web de Autoayuda de los Tribunales de Idaho. Allí encontrara formularios para los distintos tipos de casos:

Además, tienen folletos sobre la custodia, paternidad, visitación, manutención de menores y temas relacionados.

También puede conseguir información de las Oficinas para asistencia en la corte, llamadas “CAO” por sus siglas en inglés. Allí pueden ayudarle de las siguientes maneras:

  • revisar los formularios y documentos judiciales antes de usted presentarlos;
  • contestar preguntas generales sobre formularios y documentos;
  • ayudarle a calcular la manutención de menores o completar un plan de crianza;
  • permitirle usar una computadora para llenar formularios interactivos o buscar información legal en el sitio web de la biblioteca legal; y
  • mostrarle videos educativos, folletos y panfletos sobre el sistema judicial, las leyes de familia y la violencia doméstica.

Para encontrar su CAO local, haga clic aquí.

WomensLaw.org no se relaciona con estos sitios web y no puede garantizar sus servicios. Proveemos estos enlaces para su información solamente.

El proceso de custodia

¿Cuáles son los pasos para solicitar la custodia?

Antes de solicitar la custodia en la corte, es posible que quiera considerar preparar un acuerdo extrajudicial (fuera de la corte) con el/la otro/a padre/madre. A menudo, los padres tienen que ser flexibles cuando se trata de custodia y visitación para beneficio de el/la menor. Los padres que luchan por la custodia exclusiva pueden litigar en corte durante meses o años y aun así es posible que terminen con algún tipo de orden de custodia compartida después de llegar a acuerdos o un juicio.

Sin embargo, a veces los padres tienen que luchar por la custodia exclusiva porque no pueden ponerse de acuerdo con el/la otro/a padre/madre. Es posible que usted tenga que solicitar la custodia si el/la otro/a padre/madre le está impidiendo ver a su hijo/a o usted teme por el bienestar de el/la menor. Si el/la otro/a padre/madre ha cometido violencia doméstica en su contra, es posible que intente mantener el poder y control sobre usted a través de el/la menor. Cuando ha habido violencia doméstica, usualmente la custodia compartida no es una buena opción por la diferencia de poder en la relación de los padres.

Para leer más sobre algunos asuntos que puede que quiera considerar si va a comenzar un caso contra la persona agresora, vaya a la sección Asuntos de Seguridad en nuestra página Asuntos básicos del sistema judicial. También puede ver nuestros videos de custodia, visitación y manutención de menores donde explicamos los conceptos legales y el proceso judicial. Los videos hablan sobre los distintos tipos de custodia y visitación, cómo los/as jueces/zas toman decisiones, la manutención de menores y mudándose del estado con su hijo/a. 

Si usted decide solicitar la custodia en la corte, usualmente el proceso se ve así:

1. Solicitar la custodia

El documento legal para comenzar un caso de custodia se llama petición. Usted puede presentar su petición de custodia en la corte de familia u otra corte que vea casos de custodia. Generalmente, presentará la petición en el condado donde vive el/la menor. Dependiendo de lo que esté pasando con el/la menor y el/la otro/a padre/madre, es posible que pueda pedir una orden de emergencia o temporal cuando presente su petición.

La petición exacta que presente puede depender de si está casado/a o no.

  • Si usted está casado/a y se está divorciando de el/la otro/a padre/madre de el/la menor, usualmente puede incluir la petición de custodia dentro del caso de divorcio.
  • Si usted está casado/a, pero no está solicitando el divorcio, o si no está casado/a con el/la otro/a padre/madre de el/la menor, puede presentar una petición de custodia por separado. Sin embargo, si usted no está casado/a y el padre no ha sido reconocido legalmente firmando una declaración jurada (affidavit) de paternidad al momento del nacimiento, o a través de un proceso de manutención de menores o paternidad, normalmente deberá establecer la paternidad primero. Esto se puede hacer presentando una petición en la corte para establecer la paternidad.

Los formularios para la petición de custodia estarán disponibles en la corte local. Muchos formularios también están disponibles en línea. Es posible que algunas cortes tengan un/a oficial de asistencia u otro personal que pueda ayudarle a completar los formularios que debe presentar. Sin embargo, el personal de la corte no puede aconsejarle o representarle. Los pasos específicos para solicitar la custodia dependerán de su caso particular y los procesos en su condado. Le recomendamos que busque ayuda de un/a abogado/a en Idaho para asegurarse de que tiene todos los formularios y de llenarlos correctamente. Puede usar nuestras páginas Tribunales de IdahoFormularios judiciales de IdahoEncontrando a un abogado en Idaho para encontrar una corte en su condado, los formularios y abogados/as locales.

Para más información sobre los pasos para establecer la custodia en Idaho, vea las  tablas del Proceso judicial de custodia de menores y el proceso judicial de custodia detallado para la custodia o el divorcio de Asistencia legal en Idaho.

Cuando presente su petición de custodia, el/la secretario/a le dirá cuándo debe regresar a la corte para medidas adicionales. Después de usted presentar, se le deberá hacer la notificación de los documentos a el/la otro/a padre/madre.

2. Prepararse para el proceso de custodia

Los casos de custodia son complicados, así que es posible que quiera conseguir un/a abogado/a. Si puede contratar a un/a abogado/a, puede usar esta lista de preguntas como guía al decidir a quién contratar. Si usted se representa a sí mismo/a en la corte, puede aprender sobre el proceso judicial y cómo presentar evidencia en nuestra sección Preparándose para la corte – Por su cuenta.

Se puede preparar para la corte reuniendo evidencia que le ayude a explicar por qué usted debería tener la custodia. Su evidencia debe estar relacionada a los “factores del mejor interés” que un/a juez/a de su estado considerará al decidir qué es lo mejor para su hijo/a. Para ver estos factores en Idaho, vaya a ¿Qué factores considerará el juez al decidir la custodia? El/la juez/a puede dar órdenes temporales de custodia y visitación mientras el caso esté en proceso.

Tenga en cuenta que generalmente los casos de custodia tardan mucho tiempo. Pasar por este proceso puede ser emocional y financieramente drenante. Haga lo que pueda para cuidarse. Si ha sufrido violencia doméstica, puede que quiera contactar una organización local de violencia doméstica. Es posible que una persona intercesora allí pueda apoyarle y ayudarle hacer un plan de seguridad mientras está en la corte.

3. Prepararse para el juicio

Habrá una o más audiencias, incluyendo un juicio, si usted y el/la otro/a padre/madre no pueden llegar a un acuerdo por su cuenta, con la ayuda de sus abogados/as o a través de mediación. Durante el juicio, usted o su abogado/a pueden presentar evidencia y contrainterrogar a el/la otro/a padre/madre y el/la otro/a padre/madre puede hacer lo mismo. Después del juicio, el/la juez/a decidirá lo que entiende que es mejor para su hijo/a y dará una orden final de visitación y custodia.

Si usted es una víctima o sobreviviente de violencia doméstica, puede pedirle a el/la juez/a que incluya protecciones en su orden temporal y final de custodia y visitación. Por ejemplo, puede pedirle a el/la juez/a que ordene lo siguiente:

  • Todas las comunicaciones entre los padres deben ser por escrito.
  • Las comunicaciones entre los padres solo pueden estar relacionadas a el/la menor.
  • Otra persona, como un/a amigo/a o familiar que se lleve bien con ambos padres, debe estar presente cuando los padres intercambien a el/la menor o ser la persona que recoja y entregue a el/la menor.

4. Opciones si pierde el caso de custodia

Si no está de acuerdo con la orden de el/la juez/a, hay dos opciones legales que podría presentar inmediatamente, como una moción de reconsideración o una apelación.

  1. Una moción de reconsideración le pide a el/la juez/a que tome una decisión diferente basándose en la ley o en nueva evidencia.
  2. Una apelación mueve el caso a una corte superior o de mayor rango y le pide a esa corte que revise la decisión de la corte inferior debido a un error de el/la juez/a.

También podría pedirle a el/la juez/a que cambia la orden en el futuro, presentando una moción o petición para cambiar (modificar) la orden. Sin embargo, usualmente esto solo se puede hacer si hay un “cambio sustancial de circunstancias”. Aquí tiene algunos ejemplos de eventos que podrían considerarse cambios sustanciales de circunstancias:

  • El/la otro/a padre/madre es encarcelado/a o acusado/a de maltrato o negligencia de menores.
  • Usted o el/la otro/a padre/madre se muda a otro estado.
  • Las necesidades de su hijo/a cambian significativamente.

Para encontrar ayuda, vaya a Encontrando a un abogado en Idaho para referidos legales.​

¿Qué factores considerará el juez al decidir la custodia?

El/la juez/a considerará todos los factores relevantes para decidir qué tipo de custodia está en los mejores intereses de su hijo/a. El/la juez/a se fijará en los siguientes factores:

  • lo que los padres quieren;
  • con cuál de los padres el/la menor quiere vivir;
  • la relación de el/la menor con los padres y cualquier hermano/a;
  • cuán acostumbrado/a está el/la menor a su casa, escuela y comunidad;
  • el carácter y las condiciones de vida de cada uno de los padres;
  • la necesidad de que la vida de el/la menor sea estable y pueda continuar sin grandes cambios; y
  • si cualquiera de los padres cometió violencia doméstica, aunque no haya sido frente a el/la menor.1

Si usted tiene una discapacidad, puede mostrar evidencia de cómo usará el equipo de asistencia o los servicios de apoyo para llevar acabo sus responsabilidades parentales. El/la juez/a no puede discriminar contra usted por una discapacidad. Si el/la juez/a entiende que su discapacidad es relevante a la decisión de custodia, el/la juez/a debe establecer por escrito cómo su discapacidad afecta el mejor bienestar de el/la menor.La preferencia sexual o la orientación sexual de un/a padre/madre no se considera una deficiencia o discapacidad.3

1 I.C. § 32-717(1)
2 I.C. §§ 32-717(2), (5); 32-1005(3)
3 I.C. § 32-1005(2)(b)

¿Puede un padre que ha cometido violencia doméstica tener custodia compartida?

Usualmente el/la juez/a asumirá que la custodia compartida es lo mejor para el/la menor. Sin embargo, si usted presenta pruebas suficientes (una “preponderancia de evidencia”) para demostrar que no es lo mejor para su hijo/a, el/la juez/a puede denegar la custodia compartida. Hay una excepción específica para violencia doméstica. Si un/a juez/a determina que uno de los padres cometió violencia doméstica repetidamente (“habitualmente”), el/la juez/a debe asumir que la custodia compartida no es lo mejor para el/la menor. En cambio, el/la juez/a puede darle la custodia exclusiva a el/la padre/madre que no es maltratante.1 El/la juez/a también puede ordenar que las visitas o los intercambios de el/la menor sean supervisados por una agencia o un/a profesional.2

1 I.C. § 32-717B(4), (5)
2 Vea I.C. § 32-717E

¿Qué pasa si le digo al juez que el otro padre maltrató al menor?

Si usted dice que el/la otro/a padre/madre maltrató a o abusó sexualmente de el/la menor, el/la juez/a debe ordenar que el Departamento de Salud y Bienestar investigue. La investigación se debe hacer dentro de treinta dias. Usualmente, el/la juez/a esperará por el informe de la investigación antes de dar una orden final de custodia o visitación.Sin embargo, es difícil probar que un/a menor fue maltratado/a o abusado/a y puede haber consecuencias negativas si el/la juez/a no le cree. Para estar seguro/a, pregúntele a un/a abogado/a de Idaho sobre cuál es la mejor manera de presentarle su preocupación a el/la juez/a.

1 I.C. § 32-717C

¿Hay algo que pueda hacer si mi pareja agresora sigue presentando casos judiciales en mi contra?

Si la persona agresora se representa a sí mismo sin un/a abogado/a, lo que se conoce como “pro se”, y sigue presentando casos civiles en su contra con la intención de acosarle o hacerle daño (“daño malicioso”), esto se conoce como “litigio abusivo”. Un/a juez/a administrativo/a puede tomar medidas para detener esto y hacer una “orden antes de la presentación”. Este tipo de orden impide que la persona agresora presente documentos judiciales nuevos como persona peticionaria pro se sin permiso de el/la juez/a. Para pedir una orden antes de la presentación, deberá presentar una moción ante el/la juez/a o magistrado de la corte de distrito donde se está viendo su caso.1

El/la juez/a puede hacer una orden antes de la presentación contra la persona agresora si cualquiera de lo siguiente es cierto:

  • La persona agresora presentó y perdió al menos tres casos judiciales civiles en los pasados siete años. (Los casos del tribunal de cuantías menores no cuentan.)
  • Después de perder un caso, la persona agresora continuó presentando o intentando discutir el mismo asunto, cuestionar la decisión de el/la juez/a o traer otro caso sobre el mismo asunto.
  • Durante cualquier caso judicial, la persona agresora presentó múltiples mociones, alegatos u otros documentos legales sin base, hizo descubrimiento de prueba innecesario o actuó de otra manera que no tenía propósito o causó atraso.
  • El/la juez/a de otro caso judicial ya determinó que la persona agresora era un/a “litigante abusivo/a”.2

Nota: Esta ley es solo sobre personas peticionarias pro se. No parece atender una situación donde la persona agresora presente muchos casos en su contra usando un/a abogado/a. No parece atender una situación donde la persona agresora presenta varios casos en su contra a través de un/a abogado/a, pero, si esto le sucediese a usted, verifique con un/a abogado/a en Idaho para ver si esta ley le puede aplicar.

Además, hay una ley especial sobre los casos de divorcio y custodia. Si la persona agresora solicita cambiar (modificar) su orden de divorcio o custodia sin una base legal, simplemente para acosarle, esto se conoce como una “petición abusiva”. Si usted tiene que regresar a la corte para lucharla, puede pedirle a el/la juez/a que ordene que la persona agresora pague sus honorarios y costos legales.3

1 ID R ADMIN Rule 59(a)(1), (b), (c)
2 ID R ADMIN Rule 59(d)
3 I.C. § 32-718

Después que hay una orden de custodia

¿Puede el padre que no tiene la custodia tener acceso a los expedientes del menor?

Un/a padre/madre que no tiene la custodia, conocido/a como el/la “padre/madre no custodio”, puede tener acceso a los expedientes y la información de el/la menor. Esto incluye expedientes médicos, dentales, de salud, escolares o educativos. Sin embargo, el/la padre/madre que tiene la custodia, conocido/a como el/la “padre/madre custodio”, puede pedir que eliminen la dirección de el/la menor del expediente. Si el/la padre/madre que tiene la custodia le escribe a la persona que guarda los expedientes en cada lugar, conocida como el/la “custodio de expedientes”, y pide que eliminen la dirección, la persona debe haerlo.1

I.C. § 32-717A

¿Puedo pedirle al juez que cambie la orden de custodia después que la haya dado?

Si usted quiere cambiar su orden, puede presentar una petición de modificación. Debe probarle a el/la juez/a que:

  • ha ocurrido un cambio sustancial y material de circunstancias; y
  • el cambio que usted está pidiendo está en los mejores intereses de su hijo/a.1

Sin embargo, si solo ha pasado un “breve periodo de tiempo” desde que el/la juez/a dio su orden, es posible que el/la juez/a no acepte cambiarla a menos que sea para arreglar algún error administrativo. Sin embargo, la ley no define específicamente cuanto tiempo tiene que esperar antes de presentar una petición de modificación. El que el/la juez/a acepte ver su caso dependerá de muchos factores, tales como:

  • el/la juez/a particular;
  • el tipo de cambio que está pidiendo; y
  • si ambos padres están o no de acuerdo con el cambio.1

Es posible que quiera hablar con un/a abogado/a en Idaho para que le aconseje sobre su situación.

También, el/la juez/a hará una excepción si usted y el/la otro/a padre es miembro del servicio militar en despliegue. El/la juez/a puede cambiar su orden de custodia y visitación temporalmente mientras uno de los padres está en despliegue. Entonces, después que el/la padre/madre regrese del despliegue, el/la juez/a puede programar una audiencia rápidamente para decidir si continuar con la orden temporal o no.2

Nota: Si el/la juez/a entiende que uno de los padres presentó una petición de modificación solo para molestar o acosar a el/la otro/a padre/madre, puede ordenar que el/la padre/madre que presentó pague por los costos y honorarios de el/la abogado/a de el/la otro/a padre/madre.3

Vea las Instrucciones para presentar una petición de modificación en el sitio web de los Tribunales de Idaho
I.C. § 32-720
I.C. § 32-718

Si me mudo a otro estado, ¿puedo transferir mi caso de custodia allá?

Después que le den una orden de custodia, es posible que usted y sus hijos/as quieran mudarse a otro estado en algún momento. Puede conocer más sobre cómo transferir un caso de custodia a otro estado en nuestro sitio web.

Tenga en cuenta que a menudo los padres necesitan permiso de un/a juez/a o de el/la otro/a padre/madre para mudarse del estado con sus hijos/as. Por lo tanto, es importante hablar con un/a abogado/a antes de mudarse. Un/a abogado/a le puede ayudar a asegurarse que sus planes de mudanza no violen su orden de custodia o la leyes de secuestro parental de su estado.