¿Qué tipos de custodia hay?
Custodia compartida es cuando se le da la custodia ambos padres y el/la menor tiene contacto frecuente y continuo con cada uno de los padres. El/la juez/a puede dar custodia física compartida, custodia legal compartida o ambas. Generalmente, el/la juez/a asumirá que la custodia compartida es en el mejor interés de el/la menor a menos que haya suficiente evidencia (“preponderancia de la prueba”) de que no. Si el/la juez/a deniega la custodia compartida, debe explicar por qué lo hizo.1 Para conocer más sobre cuando el/la juez/a no ordenará custodia compartida, vaya a ¿Puede un padre que ha cometido violencia doméstica tener custodia compartida?
La custodia compartida tiene dos partes.
- Custodia física compartida es cuando ambos padres cuidan y supervisan a el/la menor. El/la menor vive con cada uno de los padres durante periodos de tiempo significativos y debe tener contacto frecuente y continuo con ambos padres. Sin embargo, esto no significa que el/la menor debe pasar la misma cantidad de tiempo con cada uno de los padres.
- Custodia legal compartida significa que los padres comparten los derechos, las responsabilidades y el poder legal para tomar decisiones importantes sobre la salud, educación y bienestar general de el/la menor.2
Custodia física exclusiva es cuando el/la menor vive mayormente con uno de los padres. El/la otro/a padre/madre aún puede tener derecho de visitación con el/la menor.
Custodia legal exclusiva es cuando solo uno de los padres tiene el derecho legal de tomar las decisiones importantes sobre la salud, educación y bienestar de el/la menor.
1 I.C. § 32-717B(1), (4), (5)
2 I.C. § 32-717B(2), (3)
¿Cuál es el rol de un coordinador parental?
Un/a coordinador/a parental es una persona que ayuda a los padres a resolver sus desacuerdos. La meta es disminuir la cantidad de conflictos entre los padres, que a la larga beneficia a los/as menores.
El/la juez/a puede asignar a un/a coordinador/a parental si entiende que es necesario. Usualmente, el/la juez/a ordenará que los padres dividan los costos del tiempo de el/la coordinador/a parental.1 El/la coordinador/a parental le informará a el/la juez/a cómo van las cosas al menos una vez cada seis meses.2
1 I.C. § 32-717D(1), (3), (4)
2 I.C. § 32-717D(1)
¿Quién puede solicitar la custodia?
Usted puede solicitar la custodia si es el/la padre/madre de el/la menor, un/a abuelo/a con quien el/la menor vive en una relación estable o un/a “custodio/a de facto”.1
Un/a custodio/a de facto es una persona que:
- es un familiar de el/la menor dentro de tres grados de relación (consanguinidad), como un/a tío/a o bisabuelo/a; y
- fue la persona cuidadora primaria de el/la menor, mantuvo a el/la menor económicamente y vivió con el/la menor mientras el/la padre/madre de el/la menor estuvo ausente e inconsistentemente involucrado/a en su vida por un periodo de tiempo específico, como sigue:
- Si el/la menor tiene menos de tres años de edad, el periodo de tiempo es de seis meses o más.
- Si el/la menor tiene tres años o más, el periodo de tiempo es de un año o más.2
Nota: El/la padrastro/madrastra de el/la menor o la pareja con quien convive el/la padre/madre no puede considerarse un/a custodio/a de facto.3
Si usted entiende que califica como un/a custodio/a de facto, vea ¿Cómo el juez decidirá si un custodio de facto debe tener la custodia?
1 I.C. §§ 32-717(3); 32-1704(1)
2 I.C. § 32-1703(1)(a), (1)(b)
3 I.C. § 32-1703(4)(b)
¿Cómo el juez decidirá si un custodio de facto debe tener la custodia?
Si el/la juez/a determina que la persona que está solicitando la custodia es un/a custodio de facto, entonces el próximo paso sería que el/la juez/a decida si sería en el mejor interés de el/la menor que esta persona tenga la custodia en vez de los padres o junto con uno de los padres.1
El/la juez/a también puede considerar por qué el/la menor estuvo bajo el cuidado de el/la custodio de facto. Por ejemplo, puede averiguar si el/la menor se quedó con el/la custodio de facto mientras el/la padre/madre buscaba trabajo o iba a la escuela. El/la juez/a también se puede fijar en si el/la menor aun vive con el/la custodio de facto. Si el/la menor ya no vive con el/la custodio de facto, el/la juez/a puede considerar cuanto tiempo ha pasado desde que la persona que está solicitando la custodia fue custodio de facto.2
1 I.C. § 32-1704(2)(j), (6), (7)
2 I.C. § 32-1704(8)
¿Qué es un plan de crianza?
Un plan de crianza es un documento escrito que describe en detalle los acuerdos de custodia y visitación. Este plan dispone cuándo cada uno de los padres pasará tiempo con el/la menor. También explica las responsabilidades de los padres y como tomarán las decisiones importantes.
En Idaho, los padres deben llenar un formulario de plan de crianza cuando solicitan la custodia.1 La Oficina de Asistencia Judicial del Condado de Bannock tiene un video en YouTube que explica cómo llenar el formulario.
Si usted es víctima o sobreviviente de violencia doméstica, su plan de crianza debe ser seguro para usted y su hijo/a. La mejor manera de conseguir ayuda para hacer un plan seguro es buscando el consejo de un/a abogado/a que conozca los temas de custodia y violencia doméstica. Vaya a nuestra página Encontrando a un abogado en Idaho para referidos legales. Si tiene que presentarse en la corte por su cuenta sin un/a abogado/a, puede servirle de ayuda leer esta guía publicada por el Consejo Nacional de Jueces del Tribunal de Jóvenes y Familias llamada 10 Cosas que debe saber sobre los planes de crianza en los casos de violencia doméstica.
1 Vea el formulario de Ley Familiar de la Oficina de Asistencia Judicial de Idaho (CAO por sus siglas en inglés) llamado “Plan de crianza CAO FL-3”, disponible en https://courtselfhelp.idaho.gov/Forms
¿Cuáles son algunas ventajas y desventajas de obtener una orden de custodia?
Hay muchas razones por las cuales la gente decide no solicitar la custodia. Algunas personas no buscan una orden de custodia porque no quieren involucrar a la corte. Algunos padres llegan a acuerdos informales que funcionan en su caso particular. Otros piensan que comenzar un caso de custodia provocaría a el/la otro/a padre/madre y es posible que teman que el/la otro/a padre/madre luche para tener más derechos de custodia o visitación de los que le harían sentir cómodo/a.
Aunque el/la otro/a padre/madre no se involucre con el/la menor actualmente, es posible que se involucre una vez se presente el caso en la corte. Además, si el/la otro/a padre/madre lucha por la custodia, el caso podría extenderse por largo tiempo y esto puede ser emocional y económicamente agotador. Cuando vaya a la corte a pedir la custodia, el/la juez/a se fijará en muchos aspectos de su vida personal. Por ejemplo, se puede fijar en su salud mental, expediente criminal, problemas de abuso de sustancias y sus relaciones. Puede que quiera mantener estos asuntos privados.
Por otra parte, obtener una orden de custodia de la corte puede determinar los derechos legales de cada uno de los padres, lo cual puede ser un beneficio. Una orden de custodia puede darle los derechos legales para tomar las decisiones de su hijo/a y para que su hijo/a viva con usted. Sin una orden, ambos padres pueden compartir estos derechos legales, aun si uno de los padres cuida diariamente de el/la menor. Sin embargo, si usted solicita la custodia, es posible que el/la otro/a padre/madre también pida estos derechos. Si usted y el/la otro/a padre/madre no están de acuerdo, el/la juez/a decidirá cuál es el mejor acuerdo de custodia para el/la menor.
Le recomendamos enfáticamente que hable con un/a abogado/a local. Un/a abogado/a puede ayudarle a decidir si solicitar la custodia es lo mejor para usted según su situación particular. Puede encontrar ayuda legal visitando nuestra página Encontrando a un abogado en Idaho.
¿Debo comenzar un caso judicial para pedir visitas supervisadas?
Si le preocupa dejar su hijo/a solo/a con la persona agresora, puede que quiera pedirle a el/la juez/a que ordene visitas supervisadas. La visitas supervisadas podrían ser tan permisivas como tener a una persona presente durante las visitas para “estar pendiente” de las cosas, o tan estrictas como asignar a una persona profesional para que observe y presente un informe de cómo fue la interacción entre el/la menor y el/la otro/a padre/madre. Si ya usted tiene un caso en la corte porque la persona agresora solicitó visitación o custodia, puede ser conveniente pedir visitas supervisadas si tiene una buena razón para hacerlo. Eso dependerá de su situación.
Sin embargo, si no hay un caso actualmente, es buena idea hablar con un/a abogado antes de comenzar un caso para pedir visitas supervisadas. Un/a abogado/a de custodia en su área puede explicarle lo que necesita probar para que le den visitas supervisadas y un tiempo de duración según lo que esté pasando en su caso.
Usualmente, las visitas supervisadas solo se ordenan a corto plazo, pero eso puede variar dependiendo del lugar donde usted viva y el/la juez/a que atienda su caso. El/la juez/a puede ordenar que un/a profesional supervise las visitas, o un familiar o alguna persona que conozca a cualquiera de los padres puede ofrecer voluntariamente a ser la persona supervisora. Si la persona supervisora no encuentra problemas graves que deba informarle a el/la juez/a, es posible que las visitas continúen sin supervisión. Al final de un caso, puede que el/la otro/a padre/madre tenga visitas más largas y frecuentes de las que tenía antes de ir a corte o incluso algún tipo de custodia.
Si su hijo/a está en riesgo inmediato de la persona agresora, es posible que usted necesite comenzar un caso para pedir la custodia y visitas supervisadas para proteger a su hijo/a. Para averiguar lo que sería mejor en su situación, puede buscar consejo legal usando nuestra página Encontrando a un abogado en Idaho.
¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre la custodia en Idaho?
Puede encontrar más información en el sitio web de Autoayuda de los Tribunales de Idaho. Allí encontrara formularios para los distintos tipos de casos:
- custodia, paternidad, visitación y manutención de menores;
- cambiando una orden de custodia, visitación o manutención de menores;
- y más.
Además, tienen folletos sobre la custodia, paternidad, visitación, manutención de menores y temas relacionados.
También puede conseguir información de las Oficinas para asistencia en la corte, llamadas “CAO” por sus siglas en inglés. Allí pueden ayudarle de las siguientes maneras:
- revisar los formularios y documentos judiciales antes de usted presentarlos;
- contestar preguntas generales sobre formularios y documentos;
- ayudarle a calcular la manutención de menores o completar un plan de crianza;
- permitirle usar una computadora para llenar formularios interactivos o buscar información legal en el sitio web de la biblioteca legal; y
- mostrarle videos educativos, folletos y panfletos sobre el sistema judicial, las leyes de familia y la violencia doméstica.
Para encontrar su CAO local, haga clic aquí.
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