Demandando a una persona agresora por daños
Puede que tenga derecho a buscar justicia a través del sistema judicial en donde vive. Cuando la gente sufre daños causados por otros/as, está permitido buscar lo que en la ley se conoce como “daños” en forma de dinero para cosas como cuentas médicas, pérdida de salario o empleo, sufrimiento físico o emocional, y en ciertos casos, castigar a la persona agresora. Cada estado tiene sus propias leyes en cuanto a estos asuntos, pero, mayormente, son muy similares en lo que tiene que ver con daños causados por maltrato. Para llevar este tipo de acción, lo más probable es que necesite la ayuda de un/a abogado/a. Ciertos/as abogados/as pueden tomar casos como este por una “tarifa contingente”, lo que significa que no se le paga a el/la abogado/a a menos que gane en la corte. Si gana, el/la abogado/a recibe un porcentaje que, por lo general, es la tercera parte de lo que se gane en la corte. A veces, el/la juez/a le ordena a la persona agresora que pague la tarifa de su abogado/a. Además, la ley de Nueva York específicamente permite que una persona demande a otra por daños compensatorios, punitivos y costos de la corte y de abogado/a por compartir o publicar imágenes íntimas de él/ella, incluyendo una imagen creada o alterada por digitalización. La ley también le permite a el/la juez/a ordenarle que detenga esa conducta por medio de un mandamiento judicial.1
En el 2019, Nueva York extendió el periodo de tiempo (término prescriptivo) que usted tiene para demandar a alguien que abusó sexualmente de usted. Si es víctima de abuso sexual siendo menor de edad, después de que pasó la ley, puede tener hasta los 55 años para presentar una demanda.2 Sin embargo, si fue abusado/a sexualmente como menor antes de que esta ley pasara, y ya venció el término para presentar una demanda, esta ley le permite presentar la demanda pero no hasta los 55 años de edad. Sino que tiene el período de un año para empezar su demanda.3 Puede leer éstas leyes en nuestra página de Estatutos seleccionados de Nueva York y por favor, hable con un/a abogado/a que pueda darle un consejo legal basándose en su situación específica.
Si los daños ocasionados están por debajo de un monto específico, es posible que pueda presentar una petición por cuenta propia en el tribunal de instancias (tribunal de controversias de cuantía menor). El tribunal de instancias es un tipo de corte más informal y mucha gente puede presentarse en esta corte sin la ayuda de un/a abogado/a.
En Nueva York, usted puede presentar una petición en el juzgado de demandas de cuantía menor por un máximo de $5,000 o por un máximo de $10,000 si la presenta en la ciudad de Nueva York.4 Si quiere demandar por más, tendrá que presentar la petición en el tribunal civil y es posible que necesite la ayuda de un/a abogado/a. Puede hablar con el/la secretario/a del tribunal en su condado para ayuda para demandar a la persona agresora en el juzgado de demandas de cuantía menor.
Para leer más información acerca del Tribunal de Instancias para cuantías menores en Nueva York, lea A Guide to Small Claims Court proporcionada por el estado de Nueva York (en inglés).
Si desea presentar una demanda por un monto superior al de la corte de reclamos menores, es probable que necesite la ayuda de un/a abogado/a. Si usted es una víctima del crimen buscado demandar a la persona agresora y necesita la ayuda de un/a abogado/a que pueda tomar su caso por una “tarifa contingente”, puede comunicarse con la Asociación de Abogados/as para las Víctimas del Crimen (National Crime Victim Bar Association).
1 NY CIV RTS § 52-b(2)
2 NY CPLR § 208(b)
3 NY CPLR § 214-g
4 NY UN DIST CT § 1801; NY CTY CIV CT § 1801