Información básica sobre manutención de menores en New York.
¿Qué es la manutención para el menor? ¿Quién puede solicitarla?
La manutención para el menor es el dinero que aporta un padre para el cuidado, manutención y educación de su hijo no emancipado menor de 21 años de edad, acordado por una orden del tribunal o por acuerdo entre las partes.1
La manutención de menores tiene que pagarse hasta que el/la hijo/a cumpla los 26 años si él/ella
- tiene un retraso en el desarrollo;
- vive con la persona que solicita la manutención; y,
- depende principalmente de la persona que solicita la manutención.2
Usted puede solicitar manutención para el menor después de que una orden de custodia esté en efecto o sin una orden de custodia, si usted es el padre custodio del menor (el menor vive con usted). Nota: Si una persona que no es el padre del menor, se está haciendo cargo de él, tal como un custodio designado legalmente o algún in loco parentis, tal persona puede solicitar manutención para el menor a uno o a ambos padres del menor.3
Si usted está solicitando manutención al padre del menor, hay que establecer la paternidad primero (si no está aún establecida). Para obtener información acerca de cómo establecer la paternidad, visite la sección ¿Cuáles son algunos pros y contras de obtener una orden de custodia? El establecer la paternidad establecerá legalmente los derechos del padre sobre el menor y si esto le preocupa, es recomendable que consulte a un abogado antes de solicitar la manutención.
Para mayor información sobre cómo solicitar manutención para el menor en Nueva York, visite la página de Internet llamada Información en línea sobre sustento de menores de la División de Ejecución de Pagos de Sustento de Menores de NY.
1 NY Dom Rel Law § 236(B)(1)(f); NY Fam Ct Act § 413(1)(a) & (1)(b)(2)
2 NY Dom Rel Law § 240-d; NY Fam Ct Act § 413-b
3 NY Fam Ct Act § 422(a)
¿Cuánto puedo obtener para la manutención del menor?
Por lo general, un evaluador (“referee” en inglés) o un magistrado (“support magistrate” en inglés) será el encargado del procedimiento de manutención para el menor, y no un juez.1 El evaluador o magistrado por lo regular utilizan los lineamientos establecidos en la hoja de trabajo de obligaciones de manutención para el menor para determinar cuanto recibirá usted de manutención. Si desea ver todos los factores que determinan la manutención, visite la página de Internet División de Sustento de Menores de NY. Los lineamientos involucran una formula compleja - algunos de los factores que se involucran son los ingresos de los padres, las necesidades del menor y los acuerdos de custodia (en términos del tiempo que vive el menor con cada uno de los padres). Para tener una idea aproximada de cuanto puede recibir para la manutención, puede visitar la página AllLaw.com’s NY child support calculator (pero está en inglés). Nota: WomensLaw no tiene ninguna afiliación con este sitio de web.
Cuando usted solicita manutención para el menor en el tribunal de lo familiar, es probable que no reciba la manutención de inmediato. Sin embargo, cuando se emite una orden final, usted recibirá un pago retroactivo desde la fecha en la que haya presentado la petición, por lo que entre más rápido presente la solicitud, más dinero recibirá al final. Para informarse más acerca de la manutención para el menor en NY, puede leer el manual sobre esto en español que es preparado por una organización que se llama Her Justice.
1 Ver, generalmente, NY Fam Ct Act § 439
¿Se puede modificar una orden de manutención para el menor?
Existen dos maneras básicas para tratar de modificar una orden de manutención para el menor después de haber sido establecida:
- cualquiera de los padres puede probar que ha existido un cambio sustancial en las circunstancias.1 (Nota: La encarcelación de el/la padre/madre que paga la manutención puede ser una razón para modificar la orden de alimentos debido a que puede ser un cambio sustancial en las circunstancias. Este no es el caso si la encarcelación se debe a que no ha pagado la orden de alimentos o a una ofensa criminal en su contra o en contra de el/la menor a favor de quien se pagan los alimentos;2 o
- cualquiera de los padres puede presentar la modificación sin un cambio sustancial en las circunstancias siempre y cuando:
- hayan pasado tres años desde que entró en efecto la orden o fue modificada la orden; o
- haya habido un cambio en el ingreso bruto de cualquiera de los padres de un 15% o más desde que la orden entró en efecto o fue modificada. (Sin embargo, si hay una reducción en el ingreso de los padres, esto será únicamente considerado si fue involuntario y el padre ha intentado conseguir un trabajo con un salario de acuerdo a su educación, habilidades y experiencia.)3
Aún cuando el juez modifique la orden de manutención, esto no reducirá o borrará cualquier pagos atrasados que se hayan acumulado antes de que el padre haya presentado la petición de modificación. Los pagos atrasados deben pagarse de todas maneras.4
1 NY Dom Rel § 236(B)(7)(d)
2 NY Fam Ct Act § 451(3)(a); NY Dom Rel Law § 236(B)(2)(i)
3 NY Fam Ct Act § 451(3)(b); NY Dom Rel Law § 236(B)(2)(ii)
4 NY Dom Rel Law § 236(B)(2)(iii)