Tengo una orden de protección temporal contra el agresor. ¿Puede tener un arma?
Como parte de un caso de una orden de protección, un/a juez/a puede ordenar específicamente que el/la agresor/a no compre o tenga en su posesión un arma de fuego. Entonces, si esto está establecido en su orden de protección temporal, el/la agresor/a no puede tener un arma legalmente.1
Sin embargo, si en la orden de protección temporal no se menciona específicamente una restricción de armas de fuego, entonces, aún podrá ser legal para el/la agresor/a tener un arma en el marco de la ley estatal de Oklahoma.