¿Qué pasa si la persona agresora está usando el descubrimiento como una táctica de agresión?
En algunos casos, un/a agresor/a puede solicitar descubrir prueba que no es necesaria, como una forma de continuar con el maltrato. Por ejemplo, puede solicitar información personal que no está relacionada con el caso judicial. Tenga en cuenta que usted debe responder a requerimientos de descubrimiento válidos, pero si son excesivos o no están relacionadas con el caso judicial, entonces es posible que pueda objetar y hacer que el/la juez/a se involucre en el asunto. A veces, los/las agresores/as también pueden radicar mociones excesivas o demorar los casos sin razón. Este tipo de uso indebido intencional del sistema judicial como una forma de acoso a menudo se denomina como “abuso de litigio”.
Si se enfrenta al abuso de litigio, es posible que le convenga tratar de demostrarle al/a la juez/a que las mociones que la otra parte continúa presentando no tienen una buena razón, y que en su lugar las está presentando para acosarle. También puede argumentar que la demora irrazonable que el descubrimiento podría causar también es una táctica de maltrato. En algunos tribunales, es posible que pueda obtener algún tipo de orden del/de la juez/a que ayude a limitar el abuso de litigio o sus efectos. Esto no sucede con frecuencia, pero estas son algunas de las cosas que el/la juez/a podría ordenar:
- que la parte que presenta las mociones excesivas tenga que pagar los honorarios de abogado/as y los costos de la otra parte;
- que la parte que presenta mociones sin razón tenga que reembolsar los salarios perdidos y otros gastos de la otra parte;
- que se exima a la parte agredida de presentarse a las vistas o se le permita presentarse por teléfono;
- que no se puedan radicar mociones ni peticiones o que no se puedan programar comparecencias ante el tribunal sin la aprobación previa de el/la juez/a; o
- que se rechacen las solicitudes que causen demoras excesivas o innecesarias, como aplazamientos largos o solicitudes de descubrimiento excesivas.