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Leyes actualizadas al 7 de noviembre de 2024

¿Qué tal si no califico para una orden de protección?

Si usted no califica para una orden de protección por violencia doméstica, es posible que califique para una orden de protección por acecho o agresión sexual. Vaya a Órdenes de Protección por Acecho o Agresión Sexual para más información.

Además, es posible que aun pueda presentar cargos criminales contra la persona agresora. La agresión, el acecho y el acoso pueden ser ilegal – sin importar quién sea la persona agresora. Si uno de estos crímenes se está cometiendo en su contra, es posible que quiera reportarlo a la policía. Si se presentan cargos contra la persona agresora, es posible que un/a juez/a pueda ordenarle que se mantenga alejada de usted. También puede visitar nuestra página Planificación de Seguridad para formas de aumentar su seguridad.

Es posible que las órdenes de protección no cubran muchos tipos de maltrato emocional o mental. Si usted está siendo maltratado/a mental o emocionalmente, es posible que quiera contactar una organización de violencia doméstica en su área.  Es posible que puedan ayudarle a determinar sus opciones y ofrecerle apoyo. Para encontrar un albergue o un/a intercesor/a de un programa local, por favor visite la página MO Intercesoras y Albergues bajo la pestaña de Lugares que Ayudan en la parte superior de la página.