Si se le quita el arma al agresor, ¿qué pasará con el arma?
Bajo la ley de Puerto Rico, cuando se da una orden de protección, la licencia de portación de armas de fuego de el/la agresor/a es suspendida y cualquier arma que tenga debe ser entregada a la policía. Esta suspensión durará al menos hasta que la orden de protección expire. Si hay una sentencia criminal basada en una violación a la orden de protección, la licencia de armas de el/la agresor/a será revocada permanentemente y le quitarán todas las armas de fuego.1
Siempre y cuando las armas de fuego no hayan sido usadas en un crimen, el/la dueño del arma puede vender, donar o entregarle las armas a alguien con una licencia de armas vigente o a un/a armero/a en vez de entregárselas a la policía.2
Además, un/a oficial de la policía puede quitar (incautar) un arma de fuego, licencia de armas y munición si:
- el/la oficial cree que la persona con el arma de fuego:
- tiene o utilizará el arma para causarle daño a otra persona de forma ilegal;
- amenazó con cometer un crimen;
- amenazó con quitarse la vida;
- demostró repetidas veces que es descuidado/a en el manejo de un arma;
- tiene una condición mental; o
- es adicto/a al alcohol o a las drogas; o
- hay una situación de emergencia de riesgo o peligro grave que requiera que un arma de fuego sea quitada.3
Las armas de fuego y municiones que hayan sido quitadas (incautadas) por la policía o entregadas a la policía de forma voluntaria serán guardadas en el almacén de armas y municiones de la policía. Las armas que no sean devueltas a sus dueños/as después de al menos tres años bajo custodia de la policía, pueden ser destruidas, vendidas, intercambiadas, donadas o asignadas.4
1 8 L.P.R.A. § 621
2 25 L.P.R.A. § 462h
3 25 L.P.R.A. § 462l
4 25 L.P.R.A. § 467h