¿Cómo puedo registrar mi orden de protección en Massachusetts?
Para registrar su orden de protección, lleve una copia certificada de su orden a cualquier corte de distrito, testamentaria, de familia o superior o a la corte municipal de Boston para presentarla en la corte. Tendrá que juramentar un documento escrito (declaración jurada) diciendo que según su mejor conocimiento la orden está vigente según escrita.1 Vea nuestra lista de MA Tribunales para información de contacto. Quizás quiera pedirle a la corte que “confisque” o mantenga su dirección de formar confidencial para que el/la agresor/a no pueda tomarla del expediente de la corte.
No necesita un/a abogado/a para registrar su orden de protección. Si está confundido/a o preocupado/a acerca del proceso, puede contactar una organización local de violencia doméstica en Massachusetts para pedirles ayuda de un/a intercesor/a. Para encontrar una organización local de violencia doméstica en Massachusetts, por favor vaya a nuestra página MA Intercesoras y Albergues.
1 M.G.L.A. 209A § 5A