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Información Legal: Maine

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 4 de octubre de 2024

¿Qué puedo hacer si el acosador viola la orden?

Si usted entiende que el/la acosador/a ha violado la orden, puede llamar a la policía inmediatamente. Si el/la acosador/a fue notificado/a con la orden de protección contra el acoso o el acuerdo por consentimiento (o estuvo presente en la corte cuando se dio cualquiera de estos en su contra) y viola la orden o el acuerdo, la policía puede arrestarle inmediatamente.1

La violación de ciertas partes de una orden de protección es un crimen Clase D, que es castigado con hasta 364 días de cárcel y una multa de $2,000. En ciertos casos, una violación puede ser un delito grave Clase C, o puede ser desacato a la corte.2

Si a el/la acosador/a le ordenan pagarle algún dinero a usted y no lo ha pagado, es posible que pueda presentar una petición por desacato. Para hacer esto, querrá regresar a la corte que dio la orden.3

5 M.R.S. § 4659(2)
Guía para Casos de Protección contra el Maltrato y el Acoso en el sitio web de los Tribunales de Maine
3 Vea la página de Protección contra el Acoso de Asistencia Legal Pine Tree