¿Quién puede obtener una orden de protección contra el maltrato?
Usted puede solicitar una orden de protección contra el maltrato basada en actos de maltrato que usted o su hijo/a menor haya sufrido por parte de un familiar, miembro del hogar o novio/a, que se define como:
- su esposo/a o ex esposo/a;
- una persona con quien usted tenga un/a hijo/a en común;
- una persona con quien usted viva o haya vivido;
- su actual o antigua pareja sexual;
- una persona con quien usted tenga una relación de sangre o matrimonio;
- un/a novio/a o ex novio/a, aunque no hayan tenido una relación sexual.1
Un/a adulto/a o menor puede solicitar una orden de protección contra el maltrato en contra de cualquier persona, independientemente de la relación, que haya cometido uno de los actos de maltrato explicado en ¿Cuál es la definición legal de maltrato en Maine?2
Si usted tiene 60 años o más, es un/a adulto/a dependiente o un/a adulto/a incapacitado/a, también puede solicitar una orden de protección contra el maltrato en contra de un miembro de su familia extendida o un/a cuidador/a no remunerado/a.3 Para más información, vea nuestra página Órdenes de Protección contra el Maltrato (para ancianos/dependientes/incapacitados).
Si usted no es elegible basado en la información anterior, vea nuestra sección Órdenes de Protección contra el Acoso para ver si califica para esa orden.
1 ME ST T. 19-A § 4102(6)
2 ME ST T. 19-A § 4103(1)(B)
3 ME ST T. 19-A § 4103(3)