WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.
Información Legal: California
Leyes actualizadas al 7 de noviembre de 2024 ¿Qué sucede si el acosador tiene un arma?
Legalmente, cualquier persona a la cual se le haya girado en su contra una orden civil por acoso, no puede tener, poseer o comprar un arma o munición.1 Si el/la acosador/a tiene una arma, deberá entregarla a la policía o venderla a un comerciante de armas autorizado, dentro de las 24 horas siguientes a la emisión de la orden.2 Si el/la acosador/a conserva el arma o munición, a pesar de lo establecido en la orden, se le podría culpar por “ofensa pública,” lo cual pudiera ser castigado con cárcel en el condado o estado hasta por un año, o con una multa de hasta $1,000, o ambos.3
1 Cal.C.C.P. § 527.6(u)(1)
2 Cal.C.C.P. § 527.6(u)(2)
3 Cal.C.C.P. § 527.6(u)(3); Código Penal de California § 29825(a)
© 2008–2024 WomensLaw.org es un proyecto de la Red Nacional para Eliminar la Violencia Doméstica, Inc. (NNEDV, por sus siglas en inglés). Todos los derechos reservados. Este sitio web ha sido financiado en parte por una subvención de la Oficina de Víctimas del Crimen, Oficina de Programas de Justicia, Departamento de Justicia de los E.U. Ni el Departamento de Justicia de los E.U. ni ninguno de sus componentes opera, controla, es responsable o necesariamente endosa este sitio web (incluyendo, sin limitarse a, su contenido, infraestructura técnica, políticas y cualquier otro servicio o herramientas provistas). NNEDV es una organización sin fines de lucro 501©(3) con el número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés) 52-1973408.