¿Qué tipos de órdenes de protección hay? ¿Por cuánto tiempo duran?
Hay tres tipos de órdenes de protección:
Órdenes de Restricción Temporales de Emergencia: Si usted necesita protección de emergencia fuera del horario regular de la corte, la corte le puede dar una orden de restricción temporal de emergencia si hay un “peligro inmediato y actual de maltrato”. El/la juez/a debe considerar cualquier historial o amenazas de maltrato, al determinar si hay o no un peligro inmediato y actual de maltrato. (No es requisito que el maltrato sea reciente, inmediato o actual.) Si le dan esta orden, la misma será válida hasta el cierre del próximo día laborable que la corte esté abierta. Para que la protección se mantenga vigente, usted debe ir a la corte antes del cierre del próximo día laborable para pedir una orden de restricción temporal y/o una orden de protección.1
Órdenes de Restricción Temporales: Cuando vaya a la corte a solicitar una orden de protección a largo plazo, también puede pedir una orden de restricción temporal (TRO, por sus siglas en inglés). La corte puede darle una TRO durante una audiencia ex parte sin que el/la agresor/a esté presente si hay un “peligro inmediato y actual de maltrato”. El/la juez/a debe considerar cualquier historial o amenazas de maltrato, al determinar si hay o no un peligro inmediato y actual de maltrato. (No es requisito que el maltrato sea reciente, inmediato o actual.) En cuanto den la TRO, se le notificará a el/la agresor/a que usted tiene una orden en su contra. La corte le dará una fecha, usualmente dentro de 21 días, para una audiencia judicial completa en la que tanto usted como el/la agresor/a tengan la oportunidad de presentarse y contar sus versiones de la historia.2
Órdenes de Restricción a Largo Plazo: Una orden de protección a largo plazo puede darse solo después de una audiencia en la corte en la que tanto usted como el/la agresor/a hayan tenido la oportunidad de contarle sus versiones de la historia a el/la juez/a. Usted debe presentarse a la audiencia. Si no va a la audiencia, su TRO puede expirar y tendrá que comenzar el proceso de nuevo. Una orden a largo plazo durará hasta 18 meses, a menos que se indique lo contrario.3 Sin embargo, la parte de la orden que dice que el/la agresor/a no debe “maltratar, acosar o intervenir con el/la peticionario/a o su empleo; no debe acercarse a la casa o trabajo de el/la peticionario/a, sus hijos/as menores o cualquier persona por la cual se haya presentado la petición” puede durar hasta un periodo de tiempo indefinido.4 Las órdenes también pueden extenderse. Vea ¿Cómo puedo cambiar o extender la orden de protección?
1 LA R.S. 46:2135(A),(F)
2 LA R.S. 46:2135(A)
3 LA R.S. 46:2136(F)(1)
4 LA R.S. 46:2136(F)(2)(a); see also LA R.S. 46:2135(A)(1)