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Información Legal: Nueva York

Leyes Estatales de Armas de Fuego

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Leyes actualizadas al 18 de septiembre de 2024

¿Hay algo que pueda hacer para que sea más probable que le retiren el arma de fuego a mi agresor cuando yo obtenga una orden de protección?

A continuación hay algunas sugerencias de lo que usted puede hacer:

  • Si su agresor tiene un arma de fuego, comuníquele al juez cuántas armas tiene y si le ha amenazado qlguna vez con un/ unas arma/s.
  • Pídale al juez que marque la casilla en el formulario de la orden de protección donde dice que el agresor (demandado) tiene que entregar sus armas de fuego y la casilla donde dice que la licencia de armas de fuego del demandado se suspende o revoca. Si el juez acepta a hacerlo, asegúrese que la casilla este marcada en su orden antes de abandonar el juzgado.

Si el juez le retira las armas, puede que usted también quiera pedirle que:

  • Exija al agresor que entregue sus armas de fuego a la policía o que exija a la policía ir a casa del agresor y retirárselas.
  • Explique lo que pasará con las armas del agresor (donde se las quedarán).
  • Deje claro tanto a usted como al agresor cuánto tiempo quedarán las armas fuera del alcance de su agresor.
  • Ordene a la policía que le notifique a usted cuando le devuelvan las armas a su agresor.