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Información Legal: Nueva York

Leyes Estatales de Armas de Fuego

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Leyes actualizadas al 18 de septiembre de 2024

Tengo una orden de protección temporal contra el agresor. ¿Le pueden retirar su arma de fuego?

Con una orden de protección temporal, el/la juez/a debe retirar las armas de fuego y suspender la licencia de armas del agresor si cualquiera de las siguientes existe:

  • hay un “riesgo sustancial” de que el/la agresor/a pueda utilizar o amenazar de utilizar un arma de fuego en contra de usted o de cualquier otra persona en su orden de protección como por ejemplo, sus hijos;
  • el/la agresor/a tiene una condena previa por un delito grave de violencia;
  • el/la agresor/a ha sido condenado en el pasado por acoso; o
  • un/a juez/a descubre que el/la agresor/a “intencionadamente” (a propósito) violó una orden de protección en el pasado y que, al cometer tal infracción, el/la agresor/a le causó daños físicos graves a usted; o utilizó o amenazó de utilizar un arma mortal o un instrumento peligroso; o su comportamiento fue calificado como un delito mayor de violencia doméstica.1

1 NY Family Court Act § 842-a(1)(a), (1)(b)