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Información Legal: Nueva York

Leyes Estatales de Armas de Fuego

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Leyes actualizadas al 18 de septiembre de 2024

Si el juez ordena que se le retire los armas de fuego al agresor en mi orden de protección, ¿cómo se las van a retirar?

Si el/la juez/a retira las armas de fuego de el/la agresor/a cuando usted obtiene una orden de protección, el/la juez/a tiene que escribir en la orden la fecha, hora y lugar donde el/la agresor/a tiene que entregar las armas de fuego. Si es posible, el/la juez/a también tiene que describir las armas de fuego que se tienen que entregar. La suspensión de la licencia de armas de el/la agresor/a estará en vigor durante todo el período que dure la protección.1

El/la agresor/a tiene la opción de entregar las armas de fuego a la autoridad competente para ello durante el período de tiempo que usted tiene la orden de protección o venderlas a un/a vendedor/a de armas de fuego autorizado.2

Si el/la agresor/a se niega a entregar las armas, el/la juez/a debe ordenarle a la policía que las busque y las confisque. El/la agresor/a tiene derecho a una audiencia dentro de los 14 días de haberse dado la orden. Debe notificarse al registro de violencia doméstica sobre la confiscación de armas de fuego.3

1 NY Family Court Act 842-a(4), (5)(a)
2 NY Penal Law § 400.05(6)
3 NY Family Court Act 842-a(1)(c), (6)(b), (7)