¿Cómo registro mi orden de protección de otro estado en Connecticut?
Para registrar su orden de protección en Connecticut, puede enviar las siguientes a la corte superior:
- una carta u otro documento solicitando que se registre;
- dos copias, incluyendo una copia certificada, de la orden de protección de otro estado que desea se registre, y un escrito bajo penalidad de perjurio (una declaración jurada, por ejemplo) que, según su mejor conocimiento, la orden no ha sido cambiada; y
- su nombre y dirección, a menos que dar su nombre y dirección podría ponerle en peligro.1
Vea ¿Necesito algo especial para que se haga cumplir mi orden de restricción? para ver cómo obtener una copia certificada de su orden.
Nota: Si no es seguro que provea su dirección física, puede llenar la “Petición de No Divulgación de Información de Localización” forma (JDFM 188, en inglés), que está disponible en línea y en la corte superior. Asegúrese de darle este formulario a el/la secretario/a de la corte cuando registre su orden. Vaya a nuestra página CT Formularios Judiciales para encontrar enlaces a varios formularios. Tendrá que proveer una dirección para la corte, pero no tiene que dar su dirección física.
Para encontrar la corte superior en su distrito, vaya a nuestra página CT Tribunales.
Una vez la corte superior reciba toda esta información, su orden de protección será entrada como una sentencia extranjera y se entrará en el registro automatizado de órdenes de protección de Connecticut.2
Si necesita ayuda registrando su orden de protección, puede contactar a una organización local de violencia doméstica en Connecticut para ayuda. Puede encontrar la información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página CT Intercesoras y Albergues.
1 C.G.S. § 46b-15a(f)
2 C.G.S. § 46b-15a(g)