¿Cómo hago para que mi orden de restricción se haga cumplir en otro estado?
La ley federal no requiere que usted tome ningún paso especial para hacer que su orden de restricción se haga cumplir en otro estado.
Varios estados tienen leyes o regulaciones acerca de registrar las órdenes de protección provenientes de otros estados, lo que puede hacer más fácil que una orden se haga cumplir. Sin embargo, una orden de restricción se tiene que hacer cumplir independientemente de que esta haya sido o no registrada en el nuevo estado.1 Estas regulaciones cambian dependiendo del estado, así que puede ayudarle averiguar las regulaciones en su nuevo estado. Para más información, puede comunicarse con una organización contra violencia doméstica en su área siguiendo este enlace: Intercesoras y Albergues y seleccionando el nuevo estado del menú desplegable.
Nota: Es importante mantener una copia de la orden de restricción con usted en todo momento. También es una buena idea saber las reglas del estado en el que va a vivir o visitar para asegurarse que la orden de restricción de fuera del estado pueda hacerse cumplir eficientemente.
1 18 U.S.C. § 2265(d)(2)