¿Qué es una orden de protección por riesgo?
Una orden de protección por riesgo puede ser dada por un/a juez/a para prohibir que una persona que tiene 18 años o más tenga o compre armas de fuego u otras armas mortales o munición. Como parte de una orden de protección por riesgo, el/la juez/a dará una orden judicial para que la policía entre a la casa de la persona o a cualquier otro lugar y se lleve (incaute) todas las armas de fuego, armas mortales y munición.
La ley dice que el/la fiscal, el/la fiscal asistente, o un oficial de policía puedan solicitar una orden cuando tengan motivos fundados para creer que:
- una persona plantea un riesgo inmediato de dañarse a sí misma u otro/a; y
- la persona tiene una o más armas de fuego u otras armas mortales.1
If a police order is the applicant, the law requires that a second police officer also signs onto the complaint, supporting the petition.1
Para información sobre cómo pedirle a la policía que solicite una orden de protección por riesgo, vea ¿Cómo puedo convencer al juez de que una orden de protección por riesgo es necesaria?
1 C.G.S. § 29-38c(a)