¿Puedo cambiar, extender, o cancelar mi orden de protección de otro estado en Connecticut?
Generalmente, solo el estado que ordenó su orden de protección puede cambiarla, extenderla o cancelarla.
Para cambiar, extender o cancelar su orden de protección, tendrá que presentar una petición o una moción en la corte donde se la dieron originalmente. Es posible que pueda participar en la audiencia de la corte por teléfono en vez de ir en persona, de tal manera que no tenga que regresar al estado en donde vive el/la agresor/a. Para más información acerca de cómo modificar una orden de restricción vea la página Órdenes de Restricción del estado donde se la dieron.
Si su orden vence mientras se encuentra viviendo en Connecticut, es posible que pueda conseguir que le den una nueva en este estado. Puede ser difícil de obtener una nueva orden si es que no han ocurrido nuevos incidentes de maltrato en Connecticut. Para mayor información sobre cómo obtener una orden de protección en Connecticut, visite nuestra página de CT Órdenes de Restricción.