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Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 16 de agosto de 2024

¿Cómo renuevo, cambio o desestimo una orden de protección contra el acecho y/o las amenazas?

Si usted quiere extender (renovar), cambiar (modificar) o desestimar (cancelar) su orden de protección contra el acecho y/o las amenazas, deberá volver a la corte y presentar una Solicitud para modificar, cancelar o renovar la orden de protecciónPara renovar su orden, asegúrese de solicitar antes de que su orden actual expire. Es posible que el/la juez/a programe una audiencia en la que deberá demostrarle a el/la juez/a que hay una buena razón (“justa causa”) para extender, cambiar o desestimar su orden. La persona agresora tiene derecho a estar presente también.1

Si usted y la persona agresora acuerdan renovar, cambiar o desestimar la orden, puede presentar un acuerdo escrito (estipulación) en vez de celebrar una audiencia.1

1 I.C. § 18-7907(7)