¿Soy elegible para una orden de protección contra el acecho y/o las amenazas?
Usted puede solicitar una orden de protección contra el acecho y/o las amenazas si usted o sus hijos/as han sufrido acecho, acoso malicioso o acoso telefónico dentro de los pasados 90 días antes de presentar su petición. No tiene que tener una relación específica con la persona agresora.1
1 I.C. §§ 18-7907(2); 18-7907(4)