¿Cómo puedo hacer cumplir mi orden de protección en otro estado?
La ley federal no requiere que usted tome ningún paso especial para hacer que su orden de protección sea respetada en otro estado.
Varios estados tienen leyes o regulaciones acerca de registrar las órdenes de protección provenientes de otros estados, lo que puede hacer más fácil que una orden se haga cumplir. Sin embargo, una orden de protección se tiene que hacer cumplir independientemente de que esta haya sido o no registrada en el nuevo estado.1 Estas regulaciones cambian dependiendo del estado así que puede ayudarle averiguar las regulaciones en su nuevo estado. Para más información, puede comunicarse con una organización contra violencia doméstica para encontrar una en su área, haga clic aquí: Intercesoras y Albergues.1
18 U.S.C. § 2265(d)(2)
¿Necesito una copia especial de mi orden de protección para que sea válida?
En algunos estados necesitará una copia certificada de su orden de protección. Una copia certificada confirma que su copia es “verdadera y correcta”. Ha de estar firmada y marcada con las iniciales del secretario de la corte que expidió su orden, así como correctamente sellada. En Nevada, una orden de protección certificada ha de estar sellada y contar con el correspondiente sello.
La primera copia que recibió era más bien una copia certificada. Si su copia no está certificada, póngase en contacto con la corte que tramitó su orden y pida una copia certificada. Obtener una copia certificada de su orden de protección es gratuito en Nevada.
Nota: Es una buena idea llevar una copia de la orden de protección consigo en todo momento. También sería recomendable llevar varias copias de su orden de protección cuando se mude. Deje alguna copia de su orden en su lugar de trabajo, en casa, en el colegio de los niños, en la guardería, en el coche, con algún vecino con el que se lleve bien, etc. Déle una copia al guardia de seguridad de la puerta de su trabajo o domicilio. Déle una copia de la orden de protección a todo aquel cuyo nombre aparezca en la orden o esté protegido por ella.
¿Puedo obtener ayuda? ¿Necesito un abogado?
No necesita un abogado para validar su orden de protección en otro estado.
Sin embargo, quizá quiera recibir ayuda de un abogado local especializado en violencia doméstica o un procurador del estado en el que se ha instalado. Un abogado especializado en violencia doméstica puede explicarle las ventajas y desventajas que tiene registrar su orden de protección y ayudarle con todo el proceso, en caso de que decida llevarlo a cabo.
Para encontrar un abogado especializado en violencia doméstica o un procurador del estado al que se va a mudar, por favor haga clic en Lugares que Ayudan que se encuentra en la parte superior de esta página, y seleccione el estado en el menú desplegable situado en el margen izquierdo.