¿Qué tipos de órdenes de protección hay? ¿Por cuánto tiempo duran?
Una orden de protección contra el maltrato familiar es una orden judicial civil que tiene el propósito de parar la conducta violenta y mantener a el/la agresor/a lejos de usted. Hay tres tipos de órdenes de protección contra el maltrato familiar:
Orden de Protección de Emergencia: Una orden de protección de emergencia tiene el propósito de darle protección inmediata, y se puede otorgar una los fines de semana o después de horas laborables, cuando el tribunal esté cerrado. También el/la juez/a puede dársela ex-parte si cree que usted está en peligro inmediato. Ex-parte significa que el/la agresor/a no tiene que estar presente ni saber que ha pedido la orden. Pero, será necesario notificarle a el/la agresor/a antes de que sea válida/efectiva.
Se le puede solicitar una orden de emergencia a un/a magistrado/a en la Unidad de Servicio Judicial de un Tribunal de Relaciones Juveniles y Familiares, o en un Tribunal de Distrito General o Tribunal de Circuito. Un/a agente de la policía también puede pedir que se le dé una a usted.
Una orden de emergencia se vence (caduca) al final del tercer día después de haberse otorgado. Si se vence cuando la corte no está en sesión, se extenderá la orden hasta el final del próximo día laborable en que la corte esté en sesión. También se puede otorgar una extensión de tres días si usted está en el hospital o incapacitado/a de otra manera.1
El/la juez/a o magistrado/a debe proporcionar información escrita sobre las órdenes de protección en un documento preparado por el Tribunal Supremo. Este documento debe incluir los números de teléfono de agencias de violencia doméstica y lugares de referidos legales.1
Órdenes de Protección Preliminares: Una orden de protección preliminar es el primer paso para obtener una orden de protección (permanente). Es similar a una orden de emergencia, pero la policía no puede pedir una orden preliminar por usted. Usted mismo/a tiene que presentar una petición escrita en la oficina de admisiones (intake) en el Tribunal de Relaciones Juveniles y Familiares. Puede usar el sistema electrónico I CAN, de las cortes del estado, para llenar el formulario. El sistema está disponible en inglés y español.
Una orden preliminar dura un máximo de 15 días hasta la audiencia para la orden de protección final. Si la corte está cerrada en el día número 15, entonces la orden durará hasta el día siguiente en el que el tribunal esté abierto. Si el/la demandado/a no se presenta en esta audiencia porque no fue notificado/a personalmente, el tribunal puede extender la orden de protección por un período de no más de seis meses. Se debe notificar a el/la demandado/a de la orden de protección extendida tan pronto como sea posible.2
Órdenes de Protección: Una orden de protección (final) puede estar en vigor por hasta dos años.3 Sólo se puede otorgarla después de una audiencia en el tribunal en la que ambos/as usted y el/la agresor/a tienen la oportunidad de contarle sus propias versiones de la historia a un/a juez/a. Pero, se puede presentar una petición para extenderla antes de que su orden caduque. Vea ¿Cómo cambio o extiendo la orden permanente? para más información.
Una orden de protección permanente entra en vigor después de que se le notifique (se le dé) a el/la agresor/a. Usted debe ser avisado/a cuando se notifique a el/la agresor/a.
1 Va. Code § 16.1-253.4
2 Va. Code § 16.1-253.1(B)
3 Va. Code § 16.1-279.1(B)