Si me mudo fuera del estado, ¿mi orden seguirá siendo válida?
Su orden de protección se puede hacer cumplir incluso si se muda a otro estado. Si usted se muda, se le debe conceder “plena fe y crédito” a su orden de protección en cualquier otro estado o territorio de los Estados Unidos; esto significa que su orden puede ser válida dondequiera que usted vaya.1 Para más información vea Mudándose a otro Estado con una Orden de Protección.
Recuerde llevar una copia certificada de su orden cuando se mude.
Si se va a mudar a otro estado, puede llamar al Centro Nacional de Órdenes de Protección y Entera Fe y Crédito (1-800-903-0111 extensión 2) para obtener información sobre cómo hacer cumplir su orden en ese otro estado.