WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Indiana

Órdenes de Restricción

Ver Todo
Leyes actualizadas al 14 de noviembre de 2023

¿Cuáles son las protecciones que puedo obtener en una orden de protección?

Una orden de protección temporal ex parte, que se da sin avisarle previamente a la persona agresora, puede:

  1. prohibirle a la parte demandada que cometa o amenace con cometer actos de violencia doméstica contra usted y cualquier familiar o miembro del hogar específico que se incluya en la orden;
  2. prohibirle a la parte demandada que acose, moleste, llame por teléfono, contacte o se comunique con usted, directa o indirectamente;
  3. retirar y mantener fuera de su casa a la parte demandada, independientemente de quién sea el/la propietario/a de la casa en la que vive;
  4. ordenarle a la parte demandada a que se mantenga alejada de su casa, escuela, lugar de trabajo y de los lugares específicos a los que usted suele ir;
  5. ordenarle a la parte demandada que se mantenga alejada de los lugares específicos a los que suele ir cualquier familiar o miembro de su hogar que se incluya en la orden;
  6. prohibirle a la parte demandada que use un dispositivo de rastreo para determinar la ubicación de: 
    • propiedad que usted tenga o use; y

    • su familiar o miembro del hogar o alguna propiedad que esa persona tenga o use;

  7. darle a usted la posesión, el cuidado, la custodia o el control exclusivo de cualquier animal que le pertenezca a usted, o que esté bajo su cuidado o el de la persona demandada, un/a menor suyo o de la persona demandada, o de cualquier otro miembro del hogar o la familia;

  8. prohibirle a la parte demandada a retirar, trasladar, herir, ocultar, dañar, atacar, maltratar, amenazar con dañar o de cualquier otro modo deshacerse de tal animal;

  9. darle la posesión y el uso de la casa, un automóvil y otros artículos personales esenciales, sin importar a quién le pertenezcan;

  10. ordenarle a un/a funcionario/a de hacer cumplir la ley que:

    • le acompañe a la casa para asegurarse de que usted pueda entrar con seguridad y tomar posesión de un automóvil, animal y otros artículos personales esenciales; o

    • le supervise a usted o a la parte demandada mientras remueve sus efectos personales y animales; u

  11. ordenar cualquier otra cosa que sea necesaria para mantenerle seguro/a a usted y a cualquier familiar o miembro del hogar que se incluya en la orden.1

Una orden de protección final puede incluir todo lo de la lista anterior y puede además:

  •  establecer el tiempo de crianza, que puede incluir cualquiera de las siguientes cosas para garantizar su seguridad o la de su hijo/a:

    • exigir que el tiempo de crianza entre la persona agresora y su hijo/a sea supervisado por un tercero; o

    • denegarle tiempo de crianza a la persona agresora;

  • prohibirle a la persona agresora poseer armas de fuego, munición o armas mortales;

  • ordenarle a la persona agresora que le entregue a la policía las armas de fuego, municiones y armas mortales que tenga en su posesión;

  • ordenarle a la persona agresora que pague por gastos tales como:

    • los costos judiciales relacionados con el caso de la orden de protección;

    • los honorarios de su abogado/a;

    • el alquiler o los pagos de la hipoteca de su casa;

    • la manutención de menores y, si está casado/a, la manutención conyugal;

    • los costos y gastos relacionados al uso de un dispositivo de rastreo GPS para la persona agresora (si corresponde);

    • los costos relacionados a la violencia doméstica o el acoso, tales como:

      • gastos médicos;

      • consejería;

      • albergue; y

      • el costo de reparar o reemplazar la propiedad dañada; y

  • ordenarle a un/a proveedor/a de servicios inalámbricos que le transfiera el derecho al uso continuo (y la responsabilidad financiera) de cualquier número de teléfono celular que sea utilizado por usted o por un/a menor bajo su custodia.2

1 IC § 34-26-5-9(c)
IC §§ 34-26-5-9(h); 34-26-5-21; ver Petición para una orden de protección y solicitud de audiencia