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¿Si me mudo, le tengo que avisar a la corte en Nueva York?

El estado de Nueva York no requiere que le avise a la corte si se muda. Sin embargo, puede serle útil a la corte tener su nueva dirección para que puedan avisarle si algo llegase a cambiar en su orden de protección.

Si desea darle al tribunal su nueva dirección, pídale al empleado de la corte que mantenga su dirección confidencial. La corte debe anotar que su dirección es confidencial para que el público no pueda acceder a ella. Sin embargo, es posible que su nueva dirección la puedan acceder los oficiales de la corte en su nuevo estado o los oficiales que hacen cumplir la ley ya sea en Nueva York o en el nuevo estado. Si no se siente segura dando su nueva dirección, puede utilizar la dirección de una amiga de confianza o bien un P.O. Box.

Si ya le ha pedido a la corte que mantenga su dirección de Nueva York confidencial, deberá infórmale al asistente de corte (o a la persona que cumple la función de agente de notificación) de su cambio de dirección.1

1 NY Fam Ct Act §154-b(2)(d)