¿Necesito algo en especial para hacer cumplir mi orden de protección en otro estado?
En ciertos estados será necesario que obtenga una copia certificada de su orden de protección. Una copia certificada demuestra que esta es una copia “real y correcta”, está firmada y tiene las iniciales del asistente de la corte quien le dio la orden y usualmente lleva una estampa de la corte. En Nueva York, una copia certificada lleva una estampa y un sello con relieve.
Probablemente, recibe una copia certificada cuando obtenga su orden. Para obtener otra copia certificada de su orden, o si es que no tiene una, vaya a la división de peticiones de su tribunal. Tenga presente que no hay que pagar para obtener una copia certificada de una orden de protección de Nueva York.
Nota: Es una buena idea mantener una copia de la orden con usted en todo momento. Querrá también traer consigo varias copias de su orden al mudarse. Deje copias de la orden en su lugar de trabajo, en casa, en la escuela o guardería de sus niños, en su auto, con un vecino de confianza, etc. Dele una copia al guardia de seguridad o al portero del sitio donde trabaja y/o vive. Entréguele una copia a toda persona que sea nombrada y protegida en la orden de protección.