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Información Legal: Nueva York

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 18 de septiembre de 2024

¿Se pueden quitar las armas de fuego de un agresor como parte de una orden de protección final?

Con una orden definitiva de protección, el/la juez/a debe retirarle las armas de fuego y revocar su licencia de amas de el/la agresor/a cuando el/la juez/a determina que cualquiera de los dos es cierto:

  1. hay un “riesgo sustancial” de que el/la agresor/a pueda utilizar o amenazar de utilizar un arma de fuego en contra de usted o de cualquier otra persona en su orden de protección (como por ejemplo, sus hijos/as); o
  2. el/la juez/a determina que la conducta (actos) que resultaron en su orden de protección, se basaron en el/la agresor/a:

1 NY Family Court Act § 842-a(2)(a), (2)(b)