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Leyes actualizadas al 18 de septiembre de 2024

¿Puedo llevar a la corte a un amigo/a o a otra persona para apoyo?

La ley dice que si usted está solicitando una orden de protección, se le permite llevar a la corte a un amigo, pariente, trabajadora social o consejero para apoyo, aun si usted tiene un abogado. Esta persona no puede participar en el caso, a menos que el juez crea conveniente hacerle preguntas a esa persona.1

Si usted es el que tiene la orden de protección en su contra (demandado), también tiene derecho de traer a alguien para que lo apoye, pero solo si usted no tiene un abogado que lo represente. El juez tiene el derecho de pedirle a esta persona que se retire de la sala de la corte si así lo cree conveniente.1

1 NY Fam Ct Act § 838