Me fue otorgada la custodia temporal mediante mi orden de protección. ¿Esta orden de custodia se puede hacer cumplir en otro estado?
La custodia, visitación y cualquier provisión de manutención de niños que haya sido incluida en la orden de protección se tienen que respetar en todos los estados. Tanto los oficiales como las cortes en otro estado tienen la obligación, por ley federal, de hacer cumplir tales provisiones.1