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Información Legal: Oregón

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 8 de julio de 2024

¿Cómo puedo registrar mi orden de protección en Oregón?

Si decide registrar su orden en el sistema judicial, usted o alguien que actúe a nombre suyo deberá presentar ante el/la secretario/a de cualquier tribunal de circuito de cualquier condado de Oregón:

  1. una copia certificada de la orden; y,
  2. prueba de la notificación 1

También puede presentar una copia certificada de la orden a un/a sheriff del condado para que la orden se ingrese en la base de datos de la policía. Después de confirmar que el/la agresor/a fue notificado/a personalmente con copia de la orden o que tiene notificación de la orden, el/la sheriff entrará la orden en el Sistema de Data de la Policía, que es manejado por el Departamento de Policía del Estado y el Centro Nacional de Información de Crímenes (NCIC).2

1 O.R.S. § 24.190(6)
2 18 USC § 2265(d)(2); O.R.S. § 24.190(3)(a)