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Información Legal: Oregón

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 8 de julio de 2024

¿Soy elegible para solicitar una orden de restricción bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar?

Usted es elegible para solicitar una orden de restricción bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar si ha sufrido maltrato doméstico dentro de los últimos 180 días y se encuentra en peligro inminente de sufrir más maltrato1 por parte de un/a familiar o miembro del hogar. Al calcular el periodo de 180 días, cualquier cantidad de tiempo que el/la agresor/a estuvo en prisión o viviendo a más de 100 millas de distancia de usted, no cuenta como parte del periodo de 180 días. Un “familiar o miembro del hogar” se define como:

  • un/a esposo/a actual o anterior;
  • un/a adulto/a que es pariente de usted por sangre, matrimonio o adopción;
  • alguien con quien usted vive o con quien convivía en el pasado y mantenía una relación íntima;
  • alguien con quien usted ha mantenido una relación sexualmente íntima, dentro de los dos años inmediatamente antes de solicitar una orden de restricción; o
  • alguien con quien usted tiene un/a hijo/a en común.2

Si usted no es elegible para una orden de restricción bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar (“FAPA), podría ser elegible para una orden de protección contra el acecho, una orden de protección contra el abuso sexual, o una orden de restricción para personas de edad avanzada y personas con discapacidad.

1 O.R.S. § 107.710(6)
2 O.R.S. § 107.705(4)

¿Puedo obtener una orden de restricción contra mi pareja del mismo sexo?

En Oregón, puede solicitar una orden de restricción bajo la Ley de Protección de Maltrato Familiar contra una pareja del mismo sexo siempre que la relación cumpla con los requisitos enumerados en ¿Soy elegible para solicitar una orden de restricción bajo la Ley de Protección de Maltrato Familiar? También debe ser víctima de un acto de maltrato doméstico, que se explica en ¿Cuál es la definición legal de maltrato doméstico en Oregón?

En la página Víctimas LGBTQIA, puede encontrar información sobre el maltrato a víctimas de la comunidad LGBTQIA y los tipos de barreras que pueden enfrentar.

¿Puedo obtener una orden de restricción si soy menor de edad?

Si usted es menor de 18 años, puede solicitar una orden bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar por su cuenta solamente si :

  1. el/la agresor/a es mayor de 18; y
  2. el/la agresor/a es:
    • su esposo/a o su ex-esposo/a; o
    • alguien con quien usted haya mantenido una relación sexualmente íntima (independientemente si vivieron juntos/as alguna vez o no).1

Para obtener una orden de restricción contra el/la agresor/a, usted tiene que haber sufrido maltrato doméstico dentro de los últimos 180 días. Sin embargo, cualquier periodo de tiempo que el/la agresor/a esté en prisión o viva a más de 100 millas de usted, no cuenta como parte del periodo de 180 días.2

En muchos estados, un/a padre/madre o encargado/a puede hacer una solicitud a favor de un/a menor que es víctima de maltrato. Sin embargo, en Oregón un/a adulto/a no puede solicitar a favor de un/a menor. El/la menor tiene que cumplir con los requisitos arriba mencionados para calificar para una orden de restricción bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar. Si usted no cumple con los requisitos arriba mencionados, comuníquese con una organización local contra la violencia doméstica para más información sobre cómo hacer un plan para su seguridad. Puede encontrar una de estas organizaciones cerca de usted en nuestra página Oregón: Intercesoras y Albergues.

1 O.R.S § 107.726
2 O.R.S § 107.710(6)

¿Cuánto cuesta? ¿Necesito un abogado?

No cuesta nada solicitar una orden bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar1 y tampoco necesita un/a abogado/a para obtenerla. Sin embargo, es recomendable tener un/a abogado/a si el/la agresor/a pelea la orden de restricción o contrata a un/a abogado/a. Puede encontrar referidos legales en nuestra página Oregón: Encontrando a un Abogado.

1 O.R.S. § 107.718(8)(c)