¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden de restricción bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar?
Una orden de restricción puede:
- ordenarle a el/la agresor/a a:
- parar de maltratar, amenazar o interferir con usted y cualquier menor bajo su custodia;
- mantenerse alejado/a de su casa, escuela, lugar de trabajo o cualquier otro lugar especificado;
- irse de su casa si viven juntos/as;
- sacar sus efectos personales de su casa bajo la supervisión de la policía; y
- no tener contacto con usted en persona, por correo ni por teléfono.
- darle a usted custodia legal temporal de sus hijos/as;
- darle a el/la agresor/a custodia temporal siempre y cuando se hayan establecido condiciones para proteger a los/as menores;
- concederle el derecho a visitas con sus hijos/as si el/la agresor/a tiene la custodia;
- ordenar cualquier otro remedio que el/la juez/a entienda es necesario para velar por la seguridad y el bienestar suyo y de sus hijos/as, incluyendo pero no limitado a ordenarle a el/la agresor/a a pagarle apoyo financiero de emergencia; y
- ordenar otro remedio para evitar la negligencia de, y proteger la seguridad de, cualquier animal que tenga para protección personal, compañía, servicio o terapia pero no un animal que tenga para cualquier propósito de negocio, comercial, agrícola o económico.1
El que un/a juez/a ordene cualquiera o todas las protecciones arriba mencionadas, depende de los datos de su caso.
1 O.R.S. § 107.718(1)