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Información Legal: Oregón

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 8 de julio de 2024

¿Cuál es la definición legal de “maltrato” para propósitos de obtener esta orden?

Para propósitos de esta sección, la ley del estado de Oregón define “maltrato” como:

  • daño físico o dolor;
  • negligencia que conlleve a daño físico;
  • abandono;
  • insultos, acoso, amenazas y comentarios inapropiados de índole sexual que atenten contra el bienestar físico o emocional de la víctima;
  • quitarle o amenazar con quitarle pertenencias o dinero a la víctima;
  • contacto sexual con una persona de edad avanzada o con discapacidad que no puede dar su consentimiento; o
  • causar que le envíen, por correo, promociones de sorteos a una persona de edad avanzada o con discapacidad cuando esa persona gastó sobre $500 en promociones de sorteos el año anterior y se necesita ayuda de la corte para evitar que gaste más dinero.1

1 O.R.S. § 124.005(1)