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Información Legal: Oregón

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Leyes actualizadas al 8 de julio de 2024

¿Qué es el acecho?

De acuerdo con la ley de Oregón, el acecho es cuando una persona le contacta de manera repetida y no deseada, de modo que:

  • le alarma: le causa a usted o a un miembro de su familia inmediata o de su hogar, temor o ansiedad porque se siente en peligro; o
  • le fuerza: refrena, obliga o domina a usted o a un miembro de su familia inmediata o de su hogar, mediante fuerza o amenazas.1

​Además, para que los actos/contactos se consideren acecho:

  • debe ser “razonable” que alguien en su situación se alarme o se sienta forzado/a de la manera en la que explicamos arriba; y
  • el contacto repetido y no deseado debe “razonablemente” causarle temor por su seguridad personal o la de un miembro de su familia inmediata o de su hogar.2

1 O.R.S. §§ 163.732(1)(a); 163.730(1), (2)
2 O.R.S. § 163.732(1)(b), (1)(c)