¿Qué pasa si el demandado viola la orden?
Si el/la demandado/a viola una orden de protección por riesgo extremo, usted puede llamar a la policía y él/ella puede ser acusado/a de un delito.1 El/la juez/a también podría encontrar a el/la demandado/a en desacato civil por violaciones a una Orden de Protección por Riesgo Extremo.2
Violar una orden de protección final por riesgo extremo al poseer un arma letal es un delito menor Clase A. Un delito menor Clase A se podría castigar con:
- una multa de $6,250;
- un año de cárcel; o
- ambos.3
Además de enfrentar penas criminales por cometer un delito menor Clase A, hay restricciones que serán efectivas en contra de el/la demandado/a después de la sentencia. El/la demandado/a no puede hacer ninguna de las siguientes cosas con armas de fuego por un periodo de cinco años:
- tenerlas bajo su custodia o control;
- ser su dueño/a;
- comprarlas;
- poseerlas;
- recibirlas; o
- intentar comprarlas o recibirlas.4
Nota: El periodo de cinco años para las restricciones a el/la demandado/a arriba mencionadas comienzan en:
- la fecha en que la orden de protección por riesgo extremo expira o es cancelada; o
- la fecha en que se registra la convicción.5
Las restricciones comenzarán en la fecha más lejana de las dos mencionadas arriba.5
1 See O.R.S. §§ 166.527(8)(d), 1.010; Oregón: Paquete de Solicitud para una Orden de Protección por Riesgo Extremo
2 Página de la Corte de Oregón (solamente disponible en inglés)
3 O.R.S. §§ 161.635(a), 161.615(a)
4 O.R.S. § 166.543(1), (2)
5 O.R.S. § 166.543(2)