WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Oregón

Órdenes de Restricción

Ver Todo
Leyes actualizadas al 8 de julio de 2024

¿Soy elegible para solicitar una orden de restricción bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar?

Usted es elegible para solicitar una orden de restricción bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar si ha sufrido maltrato doméstico dentro de los últimos 180 días y se encuentra en peligro inminente de sufrir más maltrato1 por parte de un/a familiar o miembro del hogar. Al calcular el periodo de 180 días, cualquier cantidad de tiempo que el/la agresor/a estuvo en prisión o viviendo a más de 100 millas de distancia de usted, no cuenta como parte del periodo de 180 días. Un “familiar o miembro del hogar” se define como:

  • un/a esposo/a actual o anterior;
  • un/a adulto/a que es pariente de usted por sangre, matrimonio o adopción;
  • alguien con quien usted vive o con quien convivía en el pasado y mantenía una relación íntima;
  • alguien con quien usted ha mantenido una relación sexualmente íntima, dentro de los dos años inmediatamente antes de solicitar una orden de restricción; o
  • alguien con quien usted tiene un/a hijo/a en común.2

Si usted no es elegible para una orden de restricción bajo la Ley de Prevención de Maltrato Familiar (“FAPA), podría ser elegible para una orden de protección contra el acecho, una orden de protección contra el abuso sexual, o una orden de restricción para personas de edad avanzada y personas con discapacidad.

1 O.R.S. § 107.710(6)
2 O.R.S. § 107.705(4)