¿Qué protecciones me puede dar una orden de protección contra el acecho?
Cuando el/la juez/a otorga una orden de protección contra el acecho, la orden dirá específicamente lo que el/la acechador/a (demandado/a) no puede hacer. En una orden temporal, el/la juez/a podría ordenarle al/a la acechador/a que deje de hacer cualquiera de las siguientes a usted, a su familia o a miembros de su hogar:
contactarle;
intentar contactarle; y
acecharle.1
En una orden final lo que se da después de que el/la acechador/a haya tenido la oportunidad de presentarse en el tribunal, el/la juez/a puede:
ordenar las protecciones mencionadas antes;
ordenar que el/la acechador/a reciba una evaluación de salud mental y complete un tratamiento, de ser necesario; e
incluir lenguaje que le prohibiría a el/la acechador/a tener armas de fuego y municiones.2