¿Quién puede conseguir una orden de protección contra el abuso sexual?
Usted puede ser elegible para una orden de protección contra el abuso sexual si usted es víctima de abuso sexual y teme por su seguridad física. Además, para calificar para una orden de protección contra el abuso sexual, lo siguiente también debe aplicar:
- usted y el/la agresor/a no pueden ser familia o miembros del mismo hogar;
- el/la agresor/a debe tener por lo menos 18 años; y
- actualmente no puede haber una orden de restricción o una orden criminal de la corte que prohíba que el/la agresor/a le contacte a usted.1
1 ORS § 163.763(1), (2)(b),
¿Puede un menor solicitar una orden de protección contra el abuso sexual?
Usted puede solicitar una orden de protección contra el abuso sexual por su cuenta sin la necesidad de un/a tutor/a ad litem si usted tiene por lo menos 12 años de edad. Su padre/madre o tutor/a legal también puede solicitar por usted si usted es menor de 18 años.1
1 ORS § 163.763(2)(a)
¿Puedo solicitar una orden en contra de un menor?
Usted no puede solicitar una orden en contra de un/a menor. El/la demandado/a debe tener por lo menos 18 años de edad para que usted pueda conseguir una orden de protección contra el abuso sexual en contra de él/ella.1
1 ORS § 163.763(1)(b)