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Información Legal: Oregón
Leyes actualizadas al 8 de julio de 2024 ¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden de protección contra el abuso sexual?
Si el/la juez/a encuentra que usted es víctima de abuso sexual y que usted teme por su seguridad física, la orden dirá que el/la agresor/a:
- no puede contactarle ; y
- no puede hacer (o intentar hacer) cualquiera de las siguientes: intimidarle, acosarle sexualmente, interferir con usted o amenazarle físicamente.
A petición suya, el/la juez/a también puede ordenar que el/la agresor/a:
- no contacte a sus hijos/as, familiares, o miembros del hogar;
- no entre o trate de entrar a su casa o acercarse a los alrededores de su casa;
- no intimide, acose sexualmente, amenace, o interfiera con sus hijos/as y familiares o miembros del hogar (o trate de hacerlo); y/o
- cualquier otra cosa que sea necesaria para su seguridad y la seguridad de sus hijos/as y familiares o miembros del hogar.1
1 ORS § 163.765(1)(a),(b)
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