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Información Legal: Oregón

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 8 de julio de 2024

Paso 4: Audiencia en el tribunal

Cuando el/la agresor/a recibe la copia de los papeles de la orden de restricción y tiene conocimiento de la petición que usted hizo, él/ella tiene 30 días para solicitar una audiencia, que se debe llevar a cabo dentro de los 21 días a partir de la solicitud.1 Sin embargo, si el/la juez/a programa una audiencia de circunstancias excepcionales, entonces se llevará a cabo una audiencia independientemente si el/la agresor/a la solicita o no. Una audiencia de circunstancias excepcionales se lleva a cabo dentro de los 14 días a partir de que se da la orden de restricción temporal, pero el/la agresor/a puede solicitar que se lleve a cabo antes. Si él/ella hace tal solicitud, la audiencia se llevará a cabo dentro de cinco días a partir de su solicitud.2 La corte le dejará saber si hay una audiencia programada.

Si el/la agresor/a solicita una audiencia, es sumamente importante que usted asista a esa audiencia para que su orden de restricción no sea dejada sin efecto (desestimada). Si usted o cualquier testigo que usted piensa llevar a testificar no puede asistir a la audiencia en persona, usted puede hacer una moción (petición a la corte) en donde le solicita a el/la juez/a que le permita a usted o a su testigo “asistir” por teléfono o a través de otro dispositivo de comunicación electrónica de dos vías. Si el/la juez/a cree que existe una “buena causa” para permitir esto, el/la juez/a lo puede permitir.3 Por ejemplo, si usted convence a el/la juez/a de que su seguridad o la seguridad de su testigo se verían amenazadas si el/la juez/a requiere que se presenten en persona, esto podría ser considerado una “buena causa”.

Durante la audiencia, es posible que el/la juez/a quiera escuchar de usted y de cualquier testigo que usted pueda tener que presenció el maltrato o sus heridas. Tiene que ser específico al testificar. Describa:

  • cuándo y dónde ocurrió el maltrato;
  • lo que ocurrió;
  • cómo fue herido/a;
  • si se utilizó algún objeto para herirle, explique lo que se usó. Por ejemplo, explíquele a el/la juez/a si le golpearon con un puño, un codo, una palma de la mano abierta, un objeto pesado, en el piso o contra una puerta o mueble, etc.;
  • si se llamó a la policía; y
  • si fue atendido/a por un/a doctor/a o profesional de la salud.

Si tiene fotos de sus heridas, informes médicos o informes de la policía, llévelos con usted a la corte. Consulte nuestra página Durante la Audiencia para conocer formas en las que puede demostrarle a el/la juez/a que usted fue maltratado/a.

Si el/la agresor/a llega a la audiencia con un/a abogado/a, usted puede pedirle a el/la juez/a que posponga la audiencia para una fecha más tarde y así darle a usted algún tiempo para buscar un/a abogado/a que le represente. Aún si el/la agresor/a no tiene un/a abogado/a, usted puede llevar uno/a con usted a la audiencia para ayudarle a presentar su caso ante el/la juez/a. Vea la página Oregón: Encontrando a un Abogado para encontrar información de contacto de organizaciones de servicios legales en su área. Si el/la agresor/a no se presenta a la audiencia, es posible que el/la juez/a aún pueda darle una orden de restricción de hasta dos años, o el/la juez/a pudiese ordenar una nueva fecha para la audiencia.4

1 O.R.S. § 107.718(10)(a)
2 O.R.S. § 107.718(2)
3 O.R.S. § 107.717(1),(3)
4 O.R.S. § 107.718(3)